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El Govern ha informado -a través de la Dirección General de Salud Pública- que, a partir del uno de septiembre, para obtener el descuento de residente, será necesario la acreditación del certificado de empadronamiento, una modificación que se deberá tener en cuenta también en los billetes ya adquiridos y que sean para viajar a partir de esa fecha.

En un comunicado, la máxima administración balear ha señalado que este certificado -que tiene una validez de seis meses a partir de la fecha de expedición- «debe ser expedido expresamente para viajar». Además, en él, debe «constar el domicilio de residencia que da derecho a la bonificación».

Asimismo, el Govern ha asegurado que la Ley de presupuestos también prevé que los órganos gestores de este descuento «puedan acceder a los servicios de verificación y consulta de los datos de residencia de la Plataforma de Intermediación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas», para comprobar el cumplimiento de los requisitos.

Por otra parte, la administración ha indicado que se podrá facilitar por vía telemática a las agencias y las compañías aéreas y marítimas «la confirmación del cumplimiento para ser beneficiario de la subvención». No obstante, hasta que esta previsión no se haya implantado, «los ciudadanos deberán presentar el certificado de empadronamiento que les facilite su ayuntamiento».