Tras conocer el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) según el cual la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria, Acuib, en un comunicado, ha considerado que la «consecuencia necesaria» de la sentencia es que, hasta que no se modifique la Ley de Enjuiciamiento Civil y se permita a los consumidores poder oponerse en base a la existencia de cláusulas abusivas, los procedimientos de ejecución en trámite se paralicen.
Según creen, una vez aprobada esa Ley, se tendrá que retroceder el procedimiento a su fase inicial y volver a darle al consumidor un plazo de diez días para que plantee la existencia de cláusulas abusivas.
Por otro lado, apunta que las personas que hubieran sido ejecutadas y debieran cantidades fruto de la aplicación de cláusulas abusivas, como la de los intereses de demora, podrían interponer demandas solicitando su nulidad, lo que supondría la reducción de las cantidades que, según las entidades, les son debidas.
La Acuib ha remarcado también que ahora los jueces podrán determinar si el banco ha ejecutado ilegalmente una hipoteca. «Con esta sentencia se demuestra que aquellos jueces que lejos de limitarse a aplicar automáticamente la Ley y buscan que la Ley sea justa, al final consiguen la legalidad y la Justicia».
Además, el dictamen pone de relieve que «todos los expertos de las entidades financieras a los que se les llena la boca desde hace años hablando de seguridad jurídica lo que han estado defendiendo ha sido la inseguridad jurídica, la ilegalidad, desde hace casi 20 años».
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