Francesc Buils, en una imagen de archivo. | Jaume Morey

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años de prisión impuesta por la Audiencia al exconseller de Turisme Francesc Buils. Se trata de la primera pena en firme para el exresponsable de Turisme y se produce por el pago de 15.000 euros por un informe inexistente al exconcejal de UM de Sóller Antoni Arbona» que se investigó en el ‘caso Voltor’.

Los hechos se produjeron en el año 2007. Buils intentó ganarse la fidelidad de Arbona con este pago de cara al congreso de UM en el que existía una lucha interna entre las facciones de Maria Antònia Munar, Miquel Nadal y los miembros de la ‘Liga Norte’. Así, se dividió el pago de esta cantidad en dos ejercicios y trabajadores de Inestur realizaron un folleto turístico para dar verosimilitud a las facturas. Arbona tenía que asesorar de cara a ese documento que, finalmente fue hecho por la propia Administración y al que no se le dio ninguna utilidad.

Coimputados

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El Supremo avala en su sentencia las declaraciones de coimputados que fueron prueba de cargo contra Buils porque «cuentan con verdaderos datos objetivos de corroboración». De hecho, añade que no son de recibo las protestas de Buils y su defensa «sobre la base de la existencia de una especie de ‘conjura’ contra su persona por parte de todos los que le implican». En este sentido, señala la Sala del Supremo que los coimputados «no obtuvieron, en la mayor parte de los casos, un trato de favor por el hecho de incriminar al consejero». Todo pese a que tuvieron atenuantes por la confesión del delito.

La sentencia también rechaza introducir algún documento aportado por la defensa de Buils, ya que considera que no modifica los hechos probados y únicamente modifica la sentencia de la Audiencia en un detalle sobre las penas de inhabilitación que atribuye a un mero error en el fallo.

Por los mismos hechos que Buils fueron condenados el propio Arbona a una pena de un año, el exgerente del Inestur Antonio Oliver a un año y medio y el jefe de área del organismo Antoni Rebassa a cuatro años y medio. Los dos primeros confesaron en el juicio y pactaron sus penas con la Fiscalía. El tercero no y ahora el Supremo también ha rechazado su recurso. Su condena se produjo porque la Audiencia consideró que conocía que la factura no respondía a ningún servicio y que pudo impedir el pago pero no lo hizo porque sabía que eran órdenes de Buils.

La decisión sobre el exconseller de Turisme era una de las causas que estaban pendientes de resolución por parte del Alto Tribunal tras condenas de la Audiencia. En el mismo punto en que el recurso de Buils estaba hasta ayer el de Jaume Matas contra su condena en el ‘caso Palma Arena’.