El expresidente de la Generalitat, Francisco Camps, conversa con la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en una imagen de archivo. | Efe

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La Fiscalía Anticorrupción ha entregado hoy en el juzgado de Palma un escrito de 135 páginas en el que solicita la imputación de Francisco Camps, expresidente de la Comunitat Valenciana, y de Rita Barberá, alcaldesa de Valencia, por el caso Nóos.

De esta manera responde a la solicitud formulada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), en la que se solicitaba a las partes que se pronunciaran sobre la imputación de los dos políticos en la causa.

En base a los alegatos de las partes, el TSJCV deberá resolver ahora si acepta o no la competencia para instruir los hechos relativos a ambos aforados. Además, la acusación ha manifestado que el TSJCV debería asumir íntegramente el caso Nóos en caso de que finalmente vea indicios incriminatorios contra ambos aforados y considere que efectivamente deben ser encausados.

Más en concreto, el Ministerio Público atribuye a Camps y Barberá la presunta comisión de delitos de malversación continuada, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial, en la línea de la exposición razonada, de 70 páginas de extensión, que elevó el juez instructor del caso Nóos a la máxima instancia judicial de Valencia para pedir que asumiera la instrucción de estas pesquisas.

En un escrito de 135 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía subraya cómo Camps y Barberá, «dada su ascendencia institucional en la estructura jerárquica», quienes transmitieron a sus subordinados las órdenes presuntamente delictivas de beneficiar al Instituto Nóos. El propio juez instructor de la causa, José Castro, postula cómo la contratación de Nóos de cara a impulsar el Valencia Summit respondía «sólo al deseo» de ambos de «doblegarse a las exigencias de Don Iñaki Urdangarin en atención a su parentesco con la Casa de S.M. El Rey».

La Fiscalía apunta que en una reunión en el Palacio de la Zarzuela entre Urdangarin, su exsocio Diego Torres, Camps y Barberá, en el año 2004, donde se negoció la organización del futuro Valencia Summit.

Un evento que, según un escrito presentado por Torres ante el juez, se desarrolló el 29 de enero de 2004, casi nueve meses antes de que fuese firmado el convenio para la celebración del Valencia Summit -el 8 de septiembre de ese año-, por cada una de cuyas tres ediciones Nóos percibió 1,044 millones de euros públicos, a pesar de que los investigadores estiman en unos 300.000 el coste real de cada una de ellas.

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Tras ello, según la acusación, ni la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) ni la Fundación Valencia Turismo Convention Bureau (FVTCB), firmantes del convenio para la celebración del evento, abrieron procedimiento de contratación ni investigaron ni documentaron la experiencia y solvencia de Nóos. Además, la elección de la fórmula del convenio permitía adjudicar directamente el proyecto a la entidad, «obviando deliberadamente el incumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia legalmente exigibles».

Asimismo, el escrito alude a la presunta intervención de Camps en las negociaciones de unos Juegos Europeos que nunca tuvieron lugar pero por los que Nóos percibió 382.000 euros del gobierno valenciano.

En este sentido, la acusación recuerda que Urdangarin y Torres se personaron en la Generalitat Valenciana y mantuvieron una reunión con Camps para exponerles el proyecto y proponerse su aprobación, solicitándole financiación pública para desarrollar el mismo. Tras ello, el entonces presidente dio el vio bueno al evento y decidió que fuese Nóos el que liderase su desarrollo. El precio fue fijado de forma unilateral, si bien fue aprobado por Camps sin análisis previo del coste del mismo.

«SIN EL BENEPLACITO DE CAMPS, NO SE COMPRENDE ESE SOMETIMIENTO»

El propio magistrado incidía en que la aprobación del convenio por parte de la Generalitat no estuvo precedido de ningún estudio económico ni de mercado, aseverando que «sin el beneplácito del presidente, don Francisco Camps, no se comprende ese sometimiento ñdel gobierno valencianoí a las exigencias» del marido de la Infanta Cristina. «El objetivo del convenio nunca llegó a cumplirse pero las arcas de la Comunidad Valenciana se vieron reducidas en la suma de 382.203 euros», abundaba.

El magistrado destacaba en esta línea la «sorprendente celeridad» con la que fue tramitado este expediente en la medida en que «tres días consecutivos, navideños por demás ña finales de 2005í, lo que un es un impedimento jurídico pero sí una no muy usual práctica», bastaron para que en distintos ámbitos administrativos «perfectamente sincronizados entre sí se pudiera informar, concertar y aprobar» el convenio de colaboración para la organización de los JJEE.

Un convenio rubricado por un importe de seis millones de euros que, «al modesto entender» del juez, es «difícilmente conciliable con la serenidad y profundidad con la que se deben abordar cuestiones de tal importancia». Castro hacía hincapié en el hecho de que a la dotación económica de la Generalitat se la llamase «subvención» como «una manera de burlar las ineludibles previsiones de las normas sobre contrataciones de las Administraciones Públicas, que se inspiran en los principios de igualdad y publicidad».

Aspectos de los que «deliberadamente se prescindió para contratar arbitrariamente a quien estaba detrás del Instituto Nóos, Don Iñaki Urdangarin, al objeto de que desplegara toda su área de influencias tanto en su condición de vicepresidente del Comité Olímpico Español como en razón de su parentesco con la Casa Real, intencionadamente utilizado para vencer cualquier resistencia».