El exgerente de la Empresa Funeraria Municipal (EFMSA) de Palma, Óscar Collado. | MONTSERRAT T DIEZ - EFE - EFE

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La Audiencia de Palma ha condenado al exgerente de la Empresa Funeraria Municipal, Oscar Collado, a 3 años y 3 meses de cárcel por malversación continuada de 250.000 euros de la sociedad pública en concurso con falsedad, fraude y prevaricación.

La Sección Segunda de la Audiencia ha dictado esta sentencia tras la conformidad manifestada por Collado con la acusación de la Fiscalía Anticorrupción y las penas solicitadas contra él en el juicio que se celebró el pasado día 6.

En virtud de la sentencia, Collado y su esposa Francisca Moll, deberán indemnizar a la funeraria con 250.000 euros y 20.000 euros respectivamente, por los perjuicios ocasionados. El que fuera gerente de la funeraria de Palma entre 1989 y 2007 ha reintegrado ya 100.000 euros y su esposa los 20.000.

Collado aceptó el acuerdo para evitar los 12 años de cárcel que le pedía inicialmente la Fiscalía Anticorrupción. La reducción de la petición de pena se basó en la aplicación de las atenuantes de dilación indebida y reparación del daño y al hecho de que los presuntos delitos de falsedad, prevaricación y fraude fueron un mero instrumento para la malversación.

Se aprovechó de su cargo

La sentencia considera probado que Collado aprovechó su cargo de responsabilidad para obtener beneficio propio en perjuicio de los fondos de la funeraria presentando facturas falsas por servicios inexistentes, engordando facturas y apoderándose de cantidades entregadas en efectivo por parte de particulares.

También se enriqueció incrementando artificialmente el precio de los proveedores y contratistas de la empresa municipal, percibiendo comisiones por amañar licitaciones y contrataciones y realizando numerosos gastos personales que eran abonados posteriormente por la empresa.

Además favoreció a quién él quiso rebajando el precio de lugares de enterramiento por debajo de la tarifa establecida y eliminando facturas y también subió unilateral e injustificadamente las tarifas de la funeraria.

La sentencia recoge también que Collado impidió sistemáticamente el uso de las instalaciones municipales a funerarias de otras localidades a pesar de la liberalización del sector, para favorecer a empresas locales y que a lo largo de 18 años realizó numerosos contratos a pesar de carecer de competencia para ello.