La Infanta, al terminar su declaración ante el juez, en febrero. | Jaume Morey

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La infanta Cristina sólo terminará en el banquillo de los acusados si la Audiencia Provincial mantiene contra ella el delito de blanqueo de capitales que le imputa el juez Castro. Varios juristas coinciden en que este delito es la clave para el futuro de la hermana del Rey por simple interpretación de la 'doctrina Atutxa' del Tribunal Supremo.

De todas las acusaciones personadas en el 'caso Nóos' sólo hay una que actúe contra Cristina de Borbón: el sindicato Manos Limpias. Se trata de una acusación popular, la que ejerce una o varias personas que no son víctimas del delito pero a las que se les permite intervenir en el proceso judicial.

El Supremo deja claro que si la Fiscalía o las víctimas de un delito no acusan no se puede llevar a una persona a juicio sólo por una acusación popular. Esto es lo que ocurrió en el caso del banquero Emilio Botín que fue juzgado por un delito fiscal que sólo le imputaba una acusación popular (Manos Limpias). El Supremo le exculpó porque ni el fiscal ni el afectado por el delito -el Estado- le acusaron. Con el expresidente del Parlamento Vasco, Juan Mari Atutxa ocurrió algo diferente. Estaba acusado de un delito de desobediencia. Se entendió que se trataba de un tipo penal que como no tiene una víctima concreta y afecta al interés general, sí podía ser perseguido por una acusación popular en solitario.

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Algo similar ocurre con el delito de blanqueo de capitales que afecta al orden jurídico en general y no tiene una víctima señalada. De ahí que sea el que abre la puerta para que Manos Limpias pueda llevar a juicio a la Infanta.

Si este delito supera el filtro de la Audiencia Provincial, la acusación popular podrá incluirlo en su escrito de acusación y superar el escollo del Supremo. De mantenerse la imputación de la Infanta tras los recursos, la hija de Juan Carlos I no tendrá ninguna otra escapatoria al juicio. El único tramite judicial que quedaría es el auto de apertura de juicio oral que no puede ser recurrido por las partes, salvo que haya un sobreseimiento libre, algo improbable en este caso. De esta manera, todo el futuro procesal de la Infanta pasa por lo que decidan los magistrados de la Sección Segunda.

En el auto de Castro hay una fundamentación especialmente cuidada para el delito de blanqueo. El juez fija dos opciones para éste: que la infanta blanqueara el dinero que su marido defraudó a Hacienda o que lo hiciera del grueso de los fondos ilegales obtenidos por Nóos de las administraciones.