La sección 4 de la Audiencia ha desestimado el recurso interpuesto por los padres biológicos contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 20 de Palma, que acordó la adopción de los dos niños el pasado mes de marzo por parte de una familia, y la ha confirmado.
Los padres naturales solicitaron que se revocara la adopción y se les diera la oportunidad de poder relacionarse con sus hijos «en el tiempo, forma y lugar que los especialistas de la administración determinen», y alegaron que han superado «los problemas existentes en su día» que llevaron a la declaración de desamparo de los menores. Argumentaban que su situación actual es «espléndida» y disponen de vivienda y trabajo.
La sentencia recuerda que el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) inició en 2008 su actuación en relación con los tres hijos de los apelantes. En 2009 se decretó su desamparo, a lo que no se opusieron los padres biológicos.
Los niños ingresaron en un centro de acogida y posteriormente pasaron a estar con varias familias canguro. Las visitas de los padres a uno de los menores se suprimieron desde marzo de 2010 de forma cautelar.
En 2011, los niños iniciaron un programa de separación definitiva.
En abril de 2012, se constituyó el acogimiento familiar preadoptivo de dos hermanos y la familia presentó propuesta de adopción ante el juzgado.
La sentencia recuerda que el mismo tribunal ya decidió en diciembre de 2013 que los padres simplemente debían «ser oídos» por el juez en relación con el proceso de adopción, y no dar su asentimiento, ya que están incursos en una causa de privación de la patria potestad.
El tribunal considera que el expediente de los dos hermanos refleja «de manera inequívoca» que su interés es que se mantenga la situación actual porque, «un cambio en su custodia o régimen de vida les acarrearía no pocos problemas y perjuicios».
La sección 4 de la Audiencia añade que los padres biológicos «no han demostrado que podían ofrecer realmente a los menores el ambiente y condiciones normalizadas de vida que precisaban, sino antes al contrario».
A lo largo de los dos últimos años, los dos niños han estado plenamente integrados en su familia adoptiva y sin ninguna relación con su familia biológica, indica la sentencia.
El tribunal recalca que lo que debe prevalecer «no es el interés de los padres biológicos sino el de los menores» y añade que no existe base objetiva para revocar la adopción, decisión que conllevaría mantener a los niños «en una situación de espera que en nada los beneficiaría».
9 comentarios
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Las cosa pueden cambiar y no es excepcional que los hijos adoptados, a cierta edad, deseen contactar con sus padres biológicos y tal vez estrechar sus lazos. Esta situación se habría de posibilitar.
ESTO, ,,QUE PORQUE EL JUEZ HAYA -----------DICTADO UNA SENTENCIA ...SEA LO VERIDICO .........HABRIA MUCHO QUE DISCUTIR... EL MUNDO ESTA GIRADO AL REVES Y LA JUSTICIA TAMBIEM.....
¡Para que yo esté de acuerdo con ElQpaga, es que la sentencia no debe tener vuelta de hoja! Les deseo a éstos niños que encuentren un hogar dónde se les dé amor y cuidados y puedan crecer felices.
Es padre o madre quien ejerce, no quien pare. Con lo protectora que es la ley, si el juez dice que han probado no ser unos padres válidos es que está mucho mas que probado.
Es increíble, haber si los servicios sociales tienen lo hay que tener y se dan una vuelta por Son Banya, seguro que no lo tienen para actuar allí.
Con mentiras de forenses y psicólogos hacen lo que les da la gana,que para eso está su "Democracia" y nadie les investiga ni cuestiona nada.
No me gustaria ser el juez para poder decidir sobre el fururo de estos niños, ni tampoco ,, quitar unos hijos a unos padres-----------segun la documentacion que le hayan presentado ..segun quien la haya firmado, segun que intereses...NO HAY NADA FIABLE--------
a veces no saben el daño que hacen a los menores, hermanos de estos y familiares algunos`psicologos con "poderes" para decidir con el amparo de leyes injustas sobre la vida de los demás.
Creo que en este caso la justicia ha obrado correctamente debido a la supuesto desamparo de los menores por parte sus padres biológicos. En estos casos, lo mejor para todos es que los niños no recuerden o no conozcan a sus padres naturales y que los adoptantes no conozcan a los biológicos ni estos a aquellos. Es decir, desconocimiento total entre todos ellos. Se evitan problemas. Hay padres adoptantes que se comportan un millón de veces mejor que los propios. Comprobado.