La sección Quinta del tribunal provincial ha dictado una sentencia que confirma parcialmente el fallo del Juzgado Mercantil número 1 de Palma que declaraba culpable el concurso de la radiotelevisión mallorquina.
La sentencia ha condenado a los miembros del consejo de administración a la inhabilitación para administrar bienes ajenos por dos años, así como para representar a cualquier persona por el mismo tiempo, y a la pérdida de cualquier derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la masa, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.
La sentencia inicial de Juzgado de lo Mercantil, dictada el 20 de noviembre de 2013, también condenaba a los diez miembros del consejo de administración a pagar de forma conjunta el 5 % del déficit concursal.
2 comentarios
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Administrar lo de todos ni sabe ni quiere aprender ninguno de los políticos desde los últimos 15 años en cualquier organismo público. Vaya manada de inútiles no han administrado.
Si existe una sentencia que prohíbe administrar bienes ajenos. Me pregunto si no sería un requisito para los políticos del PP que se la impusieran por sentencia.