El exministro y expresidente de Balears, Jaume Matas, en el momento de abandonar el módulo de régimen abierto del centro penitenciario de Segovia, donde cumple condena de nueve meses por un delito de tráfico de influencias, de permiso de fin de semana al tener el tercer grado penitenciario. | Aurelio Mart

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El expresidente del Govern Jaume Matas ha impugnado el recurso que la pasada semana interpuso la Fiscalía de Valladolid para solicitar que se revocase la concesión del tercer grado al exministro, quien pide por tanto continuar en este régimen y que no se le aplique el segundo grado, según han informado fuentes jurídicas.

La letrada de Matas, Pilar Gómez Pavón, ha presentado así alegaciones al recurso presentado por el Ministerio Público, después de que el juez de Vigilancia Penitenciaria le diese traslado de los argumentos de la acusación. El interno, condenado a nueve meses de cárcel por un delito de tráfico de influencias, reclama poder seguir cumpliendo esta pena en régimen abierto.

Después de que Matas saliera de la cárcel de Segovia el pasado 31 de octubre -tras haber ingresado en ella el 28 de julio-, el acusado pasó a tener como instalación penitenciaria de referencia el Centro de Inserción Social de la prisión, al que sólo tiene que acudir para dormir entre semana.

El juez debe resolver por tanto sobre el grado que hay que aplicar a Matas en un auto que podría ser notificado a partir del 17 de noviembre. Una decisión contra la que cabrá recurso de reforma (ante el mismo juez de Vigilancia Penitenciaria en el plazo de 3 días) o de apelación (ante la Audiencia Provincial de Balears, que es la que juzgó al expresidente).

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Segundo grado

Los internos a los que se ha concedido el segundo grado viven en el centro penitenciario, donde desarrollan su vida y, aunque no es un derecho, pueden beneficiarse de 36 días de permiso al año, con un máximo de siete días seguidos, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Por el contrario, los internos de tercer grado pueden dormir durante los fines de semana en su domicilio y, si son personas contratadas, pueden salir entre semana a trabajar, pero han de dormir en el Centro de Inserción Social (distinto de la prisión). En este caso tienen 48 días de permiso y, aunque no es un derecho, se les suele conceder.

Estos internos pueden obtener también el beneficio de dormir en su domicilio y son controlados desde el centro penitenciario por medios electrónicos.