Imagen de archivo de una cola en el convento de los Capuchinos en busca de comida. | M. À. Cañellas

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Se llama José, tiene 61 años, está casado y es padre de dos hijos. No tiene trabajo. «A mi edad en las empresas o ponen mi curriculum debajo del de gente más joven o directamente lo tiran a la papelera». Ahora está indignado porque el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) le reclama 3.800 euros.

A José, parado de larga duración, el antiguo Inem le pide que devuelva los 426 euros mensuales que ha cobrado durante nueve meses como ayuda para parados mayores de 55 años que previamente le había concedido hasta el año 2019.

«Como con 426 euros al mes no te basta ni para pagar el alquiler, tienes que elegir entre comer o pagar, y cuatro personas no podíamos sobrevivir con esta cantidad, solicité otra ayuda al Consell y me la concedieron, ascendía a 640 euros al mes», explica el denunciante.

Su sorpresa fue mayúscula cuando, «al cabo de un año, al ir a renovar la ayuda para parados mayores de 55 años, en el SEPE van y me dicen que me la cancelan, con carácter retroactivo desde enero de 2014, ya que estoy cobrando la ayuda del Consell».

«Yo desconocía que no podía cobrar las dos ayudas. Por lo visto o cobras una ayuda y te mueres de hambre, o cobras la otra y también te mueres de hambre, con riesgo al desahucio por falta de pago. ¿Qué quieren, que nos vayamos a la cola de los Capuchinos?», se pregunta José.

Jesús se encuentra en una situación similar. «En marzo de 2013 me concedieron el subsidio para mayores de 55 años, más tarde me lo revisaron y me lo quitaron, porque mi mujer también trabaja y la unidad familiar cobra más de lo estipulado».

Lo que estos dos parados están viviendo no es ninguna excepción. El endurecimiento de las medidas de acceso al subsidio para mayores ha provocado numerosas quejas.

«Es una vergüenza», afirman. Como mínimo es una «injusticia» legal, porque lo que está haciendo el SEPE es aplicar los nuevos requisitos en los que se especifica que el solicitante de esta ayuda debe carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. Está claro que lo legal no siempre es justo.