En dos sentencias, emitidas el pasado 1 de junio y dadas a conocer hoy, el TS admite sendos recursos de la naviera, que recurrió ambas resoluciones de Competencia.
En 2103 y 2014, la Audiencia Nacional (AN) resolvió en primera instancia los recursos presentados por Trasmediterránea estimándolos en parte al resolver que habían existido las infracciones apreciadas por Competencia, pero ordenando a la Comisión que recalculara la sanción económica.
El Supremo anula las sentencias de la AN y entra a resolver los recursos de Trasmediterránea contra las resoluciones sancionadas, al entender que no hay pruebas suficientes de las infracciones.
La decisión del TS es consecuencia de la anulación previa, acordada por el alto tribunal en febrero de este año, de la inspección desarrollada por Competencia en mayo de 2012 en las sedes de Trasmediterránea en Alcobendas (Madrid) y Palma de Mallorca.
El TS señaló que las órdenes de investigación fueron «demasiado genéricas y tenían un claro déficit sobre la información mínima indispensable al objeto y alcance de la investigación», tal y como exige la Ley de la Competencia.
El alto tribunal señala que los datos obtenidos en esas inspecciones «no tienen valor alguno» por haberse obtenido con «vulneración del derecho fundamental de la inviolabilidad del domicilio», por lo que se produce «insuficiencia probatoria» para dictar las resoluciones sancionadoras, que en parte relevante se basaron en dichos datos.
La llamada entonces Comisión Nacional de la Competencia (CNC) interpuso multas por valor 54 millones de euros a Trasmediterránea, Baleária, Isleña Marítima de Contenedores, Sercomisa y Mediterránea Pitiusa por participar en un cártel en las líneas de transporte marítimo de mercancías y pasajeros que unen la Península con Baleares.
En 2011 el consejo de la CNC sancionó a distintas navieras, entre las que se encontraba también Trasmediterránea, por su participación en acuerdos sobre reparto de mercado y fijación de precios, para las agencias en el transporte marítimo de pasajeros y vehículos en la línea Algeciras-Ceuta.
1 comentario
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Que casualidad, multa a las navieras, multa a las electricas, es llegar al Tribunal Supremo y tachan magia! Anulada la sentencia anterior! La justicia esta más podrida que la política!