Una imagen de 2011, cuando se abrió el hospital. Al fondo, La Real. | M. À. Cañellas

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La existencia de viales y servicios colindantes con un terreno vecino al Hospital de Son Espases no convierten el terreno en urbanizable.

Es lo que recoge el Tribunal Supremo en una sentencia que desestima, de forma definitiva, un recurso presentado por la sociedad Explotaciones Agroturísticas de Mallorca, SL, propiedad de la finca colindante con el hospital y que está participada por el empresario Bartomeu Cursach. Éste declaró en la comisión parlamentaria que investigó la adjudicación y construcción del proyecto e intentó promover un geriátrico en terrenos próximos.

La sentencia, que lleva fecha del pasado 2 de febrero, agota un largo litigio que se inició en junio de 2011 cuando Explotaciones Agroturísticas de Mallorca, SL recurrió el Plan Territorial de Mallorca (PTM) que había aprobado el Consell de la Isla para blindar la zona de cualquier crecimiento urbanístico.

La razón era proteger el entorno del monasterio cisterciense de La Real y evitar que la nueva infraestructura abriera el paso al desarrollo urbanístico. Coincidiendo con el proceso de adjudicación y construcción se dio una gran actividad inmobiliaria en sus aledaños. Cuando el Govern de Antich, el del segundo Pacte de Progrés, retomó la construcción del hospital, el Consell de Mallorca –presidido entonces por la actual presidenta del Govern, Francina Armengol– llevó a cabo un cambio en las normas territoriales.