Últimamente no es infrecuente ver a los patines eléctricos también conocidos como segways circulando por las calles de las ciudades españolas, bien sea para hacer trayectos cotidianos, o incluso como medio para reconocer el terreno desde un punto de vista turístico.
Las competencias para legislar sobre segways en suelo urbano son de ámbito municipal, por lo que en cada ciudad se puede llevar a cabo de manera diferente mediante una ordenanza municipal que lo estipule.
Sin embargo, el vacío legal es evidente y muy pocos casos han establecido ya algún tipo de regulación al respecto.
Pero cosa diferente es ver circular a estos artilugios por las carreteras de la red viaria convencional, como si se trataran de un vehículo más. Por el momento, la Dirección General de Tráfico no ha incorporado aún este fenómeno a sus normativas.
Cabe decir que el articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial no recoge específicamente el uso de estos dispositivos, pero si el de algunos análogos, como pudieran ser los patinetes con motor.
En este caso, la normativa establece que estrictamente éstos no son vehículos como tales, y por tanto debieran ser utilizados fuera de las vías públicas, básicamente con fines recreativos.
Resumiendo y haciendo caso a esta directriz, parece que los segways no deberían circular por la calzada. En cambio, en núcleo urbano y en referencia a su uso por las aceras, plazas y calles cada corporación municipal tiene la potestad de regular su utilización como crea oportuno.
10 comentarios
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Yo veo mas problema que un Sr. que va conduciendo se dedique a grabar con el móvil, poque se ve claramente que no se ha grabado desde la posición del copiloto. Eso si esta regulado por Ley, pero se ve que él se lo pasa por el forro ...
Yo veo más problema y vacío legal las bicicletas. Van por acera, por carril bici, por calzada, en dirección prohibida, a velocidades elevadas, sin mirar por el peatón y con un sentido de supremacía. Primero mirad las bicicletas, y luego ya los seaways etc.
Aqui el único vacío legal y gran que hay es el del peatón, que vayas por donde vayan te pueden atropellar bicicletas, la máquina esa, la que va en patines, el que va corriendo en monopatín. Por favor podéis hacer una acera para los peatones, donde se pueda echar o llamar la atención a lo que lleve ruedas que ya está bien !!!!! Vacios legales, vacios legales, muchos sueldos para qué?
La LTSV es clara en este asunto. El problema lo tienen aquellos q hablan de vacío legal y es porque no se han leído ni entendido la ley. La excusa del vacío legal es la excusa del vago. Tal y como está la LTSV esto se ha de usar fuera de las vías públicas y con fines recreativos. Es lo mismo q en primera línea de playa de palma q te encuentras con miles de aparatos distintos. Eso se soluciona haciendo un vial de salida al mar para q caiga el usuario y un contenedor para recoger los aparatitos.
¿Es legal que los clientes "practiquen" delante la Lonja??? El suelo està ya bastante deteriorado y encima, el entrenamiento de segways....
Vale más que vayan por ahí que no por el paseo de Ciudad JArdín haciendo carreras.
Para que sea considerado vehículo a motor debería cumplir los siguientes requisitos legales: cubicar al menos 50 c.c. y/o una potencia superior a 15 Kw (ésto sólo en cuanto a potencia), por tanto y de momento un segway puede tener el mismo tratamiento legal que una silla de ruedas motorizada.
ESPAÑA CAMPEONA EN VACIOS LEGALES, PORQUE SERÁ?
Yo creo que el titular no duda. Introduce una cuestión que ni las autoridades tienen clara.
Vamos a ver UH: ¿Por qué el titular duda sobre hay un vacío legal sobre segways, y después, en el texto de la noticia, afirma: "la normativa establece que estrictamente éstos no son vehículos como tales y por tanto debieran se utilizados fuera de las vías públicas?