Taxis aparcados en el Mirador de la Seu. | Redacción Local

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El Juzgado Contencioso Administrativo número 3 ha dictado un auto por el que ordena a Cort a que «lleve a cabo la actividad que sea necesaria para que sea respetada la señalización existente en la calle Mirador, adoptando las medidas procedentes para impedir que la misma sea usada como parada o estacionamiento de taxis».

De esta forma el juzgado acepta la solicitud de medidas cautelares consistente en la suspensión de la actividad de parada y estacionamiento de taxis de la calle presentada por el abogado Marc González, en representación de uno de los vecinos afectados.

El recurso presentado por González, en el que se solicitaban las medidas cautelares, se fundamenta, en primer lugar, en el Decreto de Alcaldía 84/2016, de 11 de enero, por el que se prohíbe el estacionamiento de forma permanente en la calle Mirador. El acuerdo entró en vigor días después con la instalación de una señalización por la que se prohíbe tanto la parada como el estacionamiento.

En segundo lugar se destaca que sin que Cort haya permitido el estacionamiento de taxis (no existe una parada legal) o eximido a estos de la prohibición mencionada, «los taxis vienen utilizando clandestinamente la indicada calle como parada ilegal». Se aclara que no se trata de la parada ocasional que los taxis deben realizar para la subida o bajada de clientes «sino el estacionamiento prolongado en la misma, como si de una parada permanente de taxis se tratase».