Fotografía de archivo de la Infanta Cristina y su esposo Iñaki Urdangarin, a la salida de la Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP), tras la cuarta jornada del juicio del caso Nóos. | Atienza

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Las magistradas de la Sección Primera de la Audiencia de Palma descartaron de plano que la infanta Cristina actuase como un «escudo fiscal» del Instituto Nóos, y la absuelven de los delitos de cooperación necesaria en el fraude fiscal atribuido a su esposo, Iñaki Urdangarin.

En ese contexto, el tribunal asume las tesis del fiscal Pedro Horrach y de la Agencia Tributaria, que insistieron durante el juicio en que la Infanta estaba absolutamente al margen de la trama orquestada para recaudar fondos públicos a través de Nóos.

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La acusación popular, ejercida por Manos Limpias, solicitaba para la hija del rey Juan Carlos 8 años de cárcel y dos millones de multa, pero no solo ha sido exonerada de todas las acusaciones, sino que además el Estado le tendrá que devolver 265.088 euros. Todo ello debido a que ya había consignado en la cuenta del juzgado 587.413 euros.
El tribunal considera probado que la Infanta en modo alguno realizó funciones de paraguas ante Hacienda al reproducir en la sentencia las declaraciones del secretario de Nóos Miguel Tejeiro y del notario Carlos Maciá durante el desarrollo del juicio.

Tejeiro negó haberse referido a la Infanta en esos términos y Maciá dijo que había sido «una interpretación suya», según señalan las magistradas. Y añaden: «De acopio probatorio practicado no resulta hecho alguno acreditado que permita adverar la participación de doña Cristina de Borbón y Grecia en hecho ilícito cometido por su esposo. Ninguno de los testigos deponentes, ni la secretaria personal de Urdangarin, ni tampoco Mario Sorribas, atribuyeron a la acusada intervención alguna en la gestión de la mercantil ni actuación de la que pudiera inferirse que de un modo u otro influyera en la toma de decisiones», precisa el tribunal.