El requerimiento fue enviado la semana pasada y es relativo a los incumplimientos normativos en materia de estancias turísticas en viviendas, en las principales plataformas digitales que ofrecen alquiler turístico en las Islas Baleares, ha informado la Dirección General de Turismo en un comunicado.
El escrito, enviado a empresas con sede en España y también en el extranjero, recuerda la entrada en vigor desde el 8 de agosto de la Ley 6/2017 y las modificaciones que implica.
El texto explica la definición que recoge la ley de los canales de oferta turística, el nuevo concepto de empresa comercializadora de estancias turísticas en viviendas recogido en el artículo 49, y la descripción de la actividad clandestina y de la oferta considerada ilegal, así como del intrusismo y la competencia desleal en este ámbito.
El Govern ha comunicado a las plataformas que las empresas turísticas deben incorporar y hacer público de forma permanente en el canal de oferta turística el número de inscripción turística de la vivienda.
También detalla que mientras no se disponga de este número, se admitirá la incorporación del número de registro otorgado cuando se presentó la declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) en cualquier registro público.
El requerimiento va acompañado, a modo de ejemplo, de una serie de enlaces extraídos del canal de comercialización en cuestión, exigiendo la retirada de toda la oferta ilegal dentro de un plazo de 15 días hábiles desde la notificación del requerimiento.
También menciona la circunstancia de que, en caso contrario, los hechos pueden conducir a la incoación de un procedimiento sancionador, del que se deriva la imposición de una sanción económica de entre 40.001 y 400.000 euros.
Antes de que el Govern enviara estos requerimientos, diferentes plataformas ya se habían puesto en contacto con la Vicepresidencia y Conselleria de Innovación, Investigación y Turismo de manera voluntaria para interesarse por los pasos a cumplir, demostrando su voluntad de adaptarse a las exigencias de la nueva ley.
El Govern ya informó el pasado 8 de agosto, cuando entró en vigor la ley, de que las plataformas digitales que publicitan el alquiler de pisos a turistas en Baleares tenían 15 días para dejar de hacerlo y adaptar su oferta a la nueva ley del alquiler turístico, o se verían expuestas a multas que van de los 40.000 a los 400.000 euros.
Ya entonces el Govern balear remitió un aviso a unas 30 plataformas sobre la entrada en vigor de la nueva legislación.
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