SA FAIXINA. PALMA. GABRIEL ALOMAR | Gabriel Alomar

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 ha decidido mantener la suspensión del acuerdo de la junta de gobierno del Ayuntamiento de Palma del pasado 24 de julio en el que se ordenó continuar por la vía de urgencia con el expediente para la contratación de la ejecución de las obras de demolición de sa Feixina.

En el auto, el juez expresa también una condena de costas al Ayuntamiento de Palma, que el pasado viernes presentó un conjunto de alegaciones a esta decisión.

Cabe recordar que las medidas cautelares decretadas por la instancia judicial estaban condicionadas por la solicitud que formuló ARCA, ante la «inminente» interposición de una demanda por parte de dicha entidad contra el acuerdo y «por la urgencia en que se tramita actualmente».

Para sustentar su decisión, el magistrado argumenta que Cort en sus alegaciones no acredita ni se refiere a la existencia de una grave urgencia para demoler el monumento.

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En otras cosas, añade que si permitiera continuar adelante con la demolición, «sin pronunciarse previamente sobre los elementos en conflicto, esto conllevaría, en caso de una sentencia estimatoria, el coste de la demolición y el coste de la reconstrucción. Todo ocasionaría un gasto innecesario a las arcas públicas que no se justifica por ninguna exigencia urgencia e inmediata de demoler».

El regidor de Cultura, Llorenç Carrió, ha explicado a Ultima Hora que Cort está valorando el recurso. Para ello disponen de un plazo de quince días. «Ahora el auto lo tiene que estudiar los servicios jurídicos». Sobre el proceso, Carrió ha asegura que el equipo de Gobierno «se reafirma en su postura, el monolito no tiene valores patrimoniales. Lamentamos que ARCA y la oposición estén judicializando el proceso. Demuestran muy poca empatía con las víctimas».

Por su parte, ARCA ha manifestado su «satisfacción» al conocer el contenido del auto y asegura que continuará «con el proceso judicial para defender el patrimonio, y concretamente sa Feixina.

La asociación considera, en base a lo que concluye el juez, que «el Ayuntamiento no ha podido justificar la urgencia de la demolición, ya que en sus alegaciones tan solo expuso argumentos para desacreditar la idoneidad de ARCA para presentar el recurso».