El argumento de la firma es que llevaba ya más de cinco años sin fabricar el modelo y que, por tanto, no tenía obligación de tener recambios a disposición de los clientes. Un juzgado de Primera Instancia de Palma y luego la Audiencia Provincial rechazan este argumento de la firma.
Apunta que durante los cinco meses la firma automovilística se negó a suministrar el recambio de forma sistemática. La sentencia recuerda que las firmas tienen la obligación de facilitar la reparación «en un plazo razonable» y que, en este caso, el vehículo en cuestión estuvo inmovilizado durante más de cinco meses, de junio a noviembre de 2015.
De esta manera tiene que compensar a la empresa de alquiler de coches por el dinero que dejó de facturar por ese periodo de inactividad. La pieza en cuestión era una parte del maletero que permitía que se plegara de forma completa la capota del vehículo. Sin esa pieza no se podía circular de forma segura con el vehículo que no pudo ser alquilado durante toda la temporada alta. El dinero que hubiera recaudado se calculó en función de su rendimiento en los cuatro años que había sido utilizado en el negocio.
«Plazo razonable» de quince días
Las sentencias contra Peugeot España SA se basan en gran medida en una prueba pericial aportada por la empresa de alquiler de coches perjudicada. En ella, un experto señala que un plazo «razonable» para que la firma hubiera suministrado la pieza y el vehículo hubiera podido funcionar hubiera sido de dos semanas. Más allá de ese plazo a la marca le toca pagar.
2 comentarios
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Han condenado a la marca, no al concesionario panoli. Si el fabricante no te sirve la pieza ,que haces la pintas? Lo que hay es mucho enterado de coches suelto, y sino se trae al cuñado que todo lo sabe...
Me parece perfecto, algunos concesionarios tras visitarlos te perdonan la vida y parece que te tengas que volver a bautizar cuando sales.