El Govern quería prohibir el alquiler turístico en todo el suelo rústico, pero los técnicos de Medi Ambient aceptaron una enmienda del Consell que relaja esa prohibición: se darán licencias condicionadas a la introducción de medidas ambientales.

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Las viviendas que se construyan en suelo rústico a partir de este año no podrán destinarse al alquiler vacacional. Será una de las limitaciones a este tipo de negocio que incluirá el Consell de Mallorca a petición de la Comissió Balear de Medi Ambient, que ayer dio el visto bueno a la propuesta de zonificación presentada por la institución con la única abstención de la FELIB y el voto favorable del resto de sus miembros.

Los técnicos de Medi Ambient aprobaron en un primer momento un informe en el que se rechazaba autorizar el alquiler turístico en suelo rústico, pero finalmente se aceptó una matización presentada por el Consell. A partir de ahora, el alquiler quedará autorizado con la condición de que se aprueben medidas ambientales.

Una de ellas será la prohibición de destinar a este negocio las nuevas casas que se construyan a partir de ahora en Mallorca, pero otra limitación que estudia el Consell es la obligación de que las fincas que se alquilen tengan algún tipo de actividad agraria. Es decir, si la casa y el jardín ocupan 2.000 de los 14.000 metros mínimos de la parcela, en esos 12.000 metros restantes deberá haber algún tipo de actividad vinculada a los usos agrarios o ganaderos.

Todas estas condiciones se incluirán en la redacción definitiva del Plan de Intervención en los Ámbitos Turísticos (PIAT), que se aprobará el mes que viene. No serán las únicas, según explicó el director insular de Territori del Consell, Miquel Vadell, ya que también habrá algún tipo de medida relacionada con los planeamientos de los municipios, para evitar que algunos de ellos tengan la consideración turística en todo el territorio. «Es importante evitar la ‘rururbanización absoluta de las áreas rústicas de Mallorca», aseguró el director insular de Territori del Consell, Miquel Vadell.

Con la prohibición de que las nuevas viviendas construidas en rústico se destinen al alquiler turístico a partir de 2018, ya hay tres fechas de referencia para poder hacer algún tipo de actividad turística en el campo: solo se pueden destinar a hotel rural aquellas edificaciones anteriores a 1940 y para instalara un agroturismo se necesita que la casa esté construida antes de 1960.