Vista general del aeropuerto de Ciudad Real. | Efe

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real ha aceptado que la adjudicataria provisional de la infraestructura, CR International Airport (CRIA), pague el dinero pendiente para adquirir el aeródromo ciudadrealeño con el dinero que la comunidad de Baleares debe pagar al empresario Rafael Gómez Arribas.

El magistrado titular de este juzgado ha dictado este martes un auto en el que declara finalizado el proceso de venta del aeropuerto de Ciudad Real y acepta la propuesta de pago hecha por la adjudicataria provisional de la infraestructura, CR International Airport S.L., consistente en una cesión del crédito para el pago del precio pendiente del aeropuerto, que son 53.390.000 euros más las cantidades adeudas, según lo acordado en los autos de 23 de abril de 2018 y de 22 de mayo de 2018.

Según el auto, dicha cesión del crédito proviene de la sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Baleares, por la que se condena a la Comunidad Autónoma de Baleares al pago de una cantidad cercana a los 87 millones de euros (cerca de 65 millones de euros de principal, más intereses legales desde mayo de 2009, que suman otros 22 millones de euros) al administrador de CRIA, todo ello a raíz de un procedimiento contencioso-administrativo que se dirimía en sede judicial.

La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares debe indemnizar a dos sociedades propietarias de los terrenos de Punta Pedrera, en Sant Josep de Ibiza, protegidos mediante la ley 4/2008 de medidas urgentes que desclasificaba suelos urbanizables para protegerlos.
Según recoge la fundamentación jurídica del auto, las condiciones para aceptar el pago propuesto por CR International Airport S.L. (CRIA) pasan por que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Baleares comunique al Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real la firmeza de la sentencia, para lo cual ya se ha remitido el correspondiente oficio a dicho órgano judicial.

Además, el Govern debe responder por escrito, antes del 30 de septiembre de 2018, aceptando el pago de la condena dineraria y garantizar que el pago total de las cantidades se hace antes del 31 de diciembre de 2018, y en todo caso no más tarde del 31 de diciembre de 2019, a fin de no perjudicar los intereses del concurso.

Una vez llegue al Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real la comunicación de que la sentencia del sentencia del TSJ de Baleares es firme, y se confirme que el oficio remitido al Gobierno balear ha llegado correctamente y ha contestado de forma positiva antes del 30 de septiembre de 2018, la Administración Concursal y la compradora, CRIA, deberán comparecer en un máximo de 5 días en la notaría para la firma de la escritura pública de compraventa.

Y una vez publicado en el BOE, CR International Airport S.L. ostentará la condición de compradora, promotora y gestora del Aeropuerto de Ciudad Real.

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En el auto se expone que han sido 11 las alegaciones presentadas a la propuesta de pago de CRIA, dos de las cuales corresponden a acreedores que se han mostrado contrarias, y el resto, han aceptado dicha propuesta de pago.

El magistrado ha explicado en el auto que la forma de pago propuesta por CRIA es un derecho de crédito real y seguro, que suma con capital e intereses 86 millones de euros que cubren sobradamente el precio de la compra del aeropuerto, y que esta cesión del crédito es un modo de pago con el que cumplen las obligaciones.

A todo ello se suma, ha subrayado el magistrado, la intención del Gobierno balear de pagar la condena dineraria de la sentencia del TSJ de Baleares en el presente ejercicio presupuestario, tal y como han manifestado públicamente representantes del Gobierno balear.

A la vista de todas estas circunstancias, señala el juez de lo Mercantil, acepta esta propuesta de pago hecha por CR International Airport S.L., que es bueno no sólo para el interés del concurso, sino para el interés general de Castilla-La Mancha, con la futura puesta en funcionamiento de la infraestructura aeroportuaria.

Por otro lado, en una providencia, el mismo magistrado ha acordado no acptar el escrito presentado por Global3 mediante el cual ofertaba 60 millones de euros por el aeropuerto de Ciudad Real.

En la providencia, el juez ha señalado que el escrito «no contiene oferta alguna y es rechazada de plano, no siendo una oferta sino unas auténticas alegaciones de cara a lo establecido en la providencia del 12 de julio de 2018 sin ser parte legitimada, lo que resulta intolerable».

También ha indicado en su providencia que el ofertante «parece más interesado en presentar ofertas de pago inmediato a los medios de comunicación antes que al juzgado, como la que apresuradamente intentó ayer a úlitma hora, después del horari de oficina».

El juez determina que el escrito deber ser devuelto a la representación procesal, «quedando no obstante copia para el estudio de las acciones a entablar».