Imagen de archivo de venta de libros de texto en un colegio de Baleares. | Ultima Hora

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La Sala de lo Contencioso del TSJB ha aceptado un recurso de la Asociación Nacional de Editores de Libros y Material de Enseñanza (ANELE) y condena al Govern por promocionar el material de una única editorial de forma poco transparente. El recurso se formalizó contra la decisión de la Direcció General de Innovació de implantar un determinado programa para la enseñanza de matemáticas.

Ese proyecto es propiedad de una editorial que se reunió en febrero de 2016 con el director general. Tras esa reunión se propuso implantar ese programa en los centros educativos. Dos meses después se convocó por parte de la Conselleria a los directores de los centros educativos para presentarles las ventajas de ese proyecto, que incluye libros, herramientas informáticas y determinados ejercicios prácticos que dependen de la editorial Innovaciones Educativas Upsocial S. L.

Protestas

ANELE protestó ante estos pasos que dio la Conselleria. Indicaba que otras editoriales tenían programas innovadores en matemáticas sin la ventaja de la promoción. El Govern mantuvo otras acciones para que los centros adoptaran esta idea e incluso ofreció formación a los profesores para utilizar estas herramientas.

La Conselleria se defendía negando que impusiera a los centros determinados textos. Sin embargo, los tribunales rechazan sus argumentos por falta de transparencia. «Podría no ser disconforme a derecho fomentar el programa educativo de determinada editorial si se hubiera realizado respetando los principios de publicidad, concurrencia y libre competencia», señala la sentencia del Tribunal Superior.

La resolución judicial reprocha la falta de estudios previos y que no se hayan valorado otros métodos antes de promocionar éste. Así, se entiende que se ha distorsionado la libre competencia. La decisión de los tribunales implica que se anula la resolución del director general que convocaba a los centros de Infantil y Primaria a implantar el programa para el curso 2016/2017. La sentencia también le impone las costas del procedimiento a la administración.