La resolución judicial iniciada a partir de una reclamación del padre, que no había visto a los niños desde el inicio del confinamiento, señala que existe una «actitud claramente obstuctiva» por parte de la madre «para que el hijo común pueda estar con el padre cuando a éste le corresponde tenerlo consigo conforme al régimien de visitas». El auto admite que existe una «situación inédita y excepcional» pero recuerda que se permite la circulación de personas por las vías públicas para la asistencia y cuidado de menores. «En consecuencia, la negativa de alguno de los progenitores a entregar a su hijo menor no se considera justificada, amparándose en una negativa genérica con causa del estado de alarma», señala. Indica que sería necesario explicitar «razones concretas de peligro o riesgo para el menor». La madre también argumentaba que el menor padece un trastorno del espectro autista y que se verían alteradas sus rutinas. El juez responde: «No es motivo suficiente para acceder a la suspensión dado que a pesar de tal trastorno está vigente el régimen y que por ello ha de presumirse beneficioso para el hijo común, sin que para el menor resulte a juicio de este tribunal más beneficioso que deje de estar con su padre durante un tiempo que, al menos ha de ser un mes».
El auto sí suspende una de las visitas de corta duración que tenía el niño con el padre, «ya que no puede considerarse que los día laborales sean no lectivos por el mero hecho de que los menores no deben de acudir al centro escolar». Así, el niño tendrá que dormir un día entre semana en casa de su padre y los fines de semana son alternos. Además, la resolución fija que las visitas que no se han llevado a cabo «y aquellas otras que, en su caso, no se lleven a cabo desde el dictado de la presente resolución por la actitud obstativa e injustificada de la madre darán lugar a la compensación de los correspondientes periodos en la forma y tiempo que elija el progenitor perjudicado».
Los juzgados de Violencia tramitan, además de las denuncias penales en casos de malos tratos, el procedimiento de divorcio y el régimen de custodia de los hijos, como lo haría un juzgado de Familia.
Bajón en los juzgados de los casos de violencia
En círculos judiciales ha sorprendido el relativamente bajo número de casos de violencia sobre la mujer que han llegado a los juzgados durante el estado de alarma. La primera semana fueron tres los detenidos y esta segunda, el número es similar. Hubo uno ayer, por ejemplo, que pasó a disposición judicial. De hecho los juzgados especializados son de los que mantienen actividad como «esenciales» para el Consejo General del Poder Judicial. Tampoco en el orden social, los que atienden demandas de trabajadores contra sus empresas, se han registrado apenas casos y la actividad judicial se centra fundamentalmente en las guardias y en las causas en las que hay presos, cuya tramitación se mantiene.
5 comentarios
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Lamentablemente tengo mi niño de1 año de edad y por culpa de esta pandemia no puedo verlo. Estoy separado y vivo a 80 km con mi perro. Pido a dios, q se vaya lo antes posible este mal virus. Confío mucho en la madre q este en buenas manos. Gracias por toda la compresión.
Los buenso ciudadaanos no agovbian a los jueces, en plena pandemia, con guerillas familiares que habrían de resolver como personas adultas.
Lamentable, nada que no venga sucediendo, esto es la ley de alarma social que está generando depresión a los ciudadanos y los hijos etc
Condenado y demostrado que es un maltratador y aun así tiene derecho a visitas de su hijo... Eso si que es demagogia.
Cualquier causa genérica se convierte en concreta sin mayor mediación y luego tiene que venir el juzgado a proclamar lo evidente, es un mero silogismo: establecido que la condición de varón es problemática y que, por tanto, cada varón individualmente considerado resulta sospechoso, ante cualquier contingencia el varón debe pechar.