Un juzgado de Instrucción de Palma había condenado por un delito leve de usurpación al acusado con la pena del pago de una multa. El procesado aceptaba que había entrado en la vivienda, propiedad de una entidad bancaria, sin ningún tipo de permiso ni de contrato que le permitiera la estancia. En su recurso ante la Audiencia alegaba que sufría un estado de necesidad y pedía que se le aplicara una eximente del delito por ese motivo.
La sentencia de la Audiencia rechaza este argumento porque el acusado no ha aportado ninguna prueba: «Cobra una pensión de orfandad y tiene a su cargo a su compañera y a un hijo. Lo cierto es que no hay prueba alguna de que haya intentado recurrir a ayuda social o que haya solicitado la concesión de una vivienda de protección oficial, lo que tan siquiera ha llevado a cabo iniciado el proceso penal», señala la resolución. Además, se reprocha al okupa que, pese a eso «se ha negado a abandonar la vivienda, so pretexto de que la hubo alquilado y abonado renta por un mes, de lo que no existe prueba alguna».
La Audiencia aplica en este caso los criterios que fijó en un pleno de los magistrados de orden penal. En ella se recordaba que existen otras vías más allá de la penal para atajar los casos de usurpación y que esta lo que persigue es la «posesión material, real y efectiva», «de ahí que el delito no castigue la ocupación de inmuebles cuando se hallen en estado de abandono o de se mi abandono o cuando sobre el mismo no se ejerce ningún tipo de control posesorio».
Sin abandono
En este caso, al tratarse de una entidad bancaria, se verificó que no existió abandono de la vivienda, tampoco la defensa puso en cuestión ese dominio efectivo que ha llevado a alguna absolución en torno a pisos de bancos. Tampoco se admite el argumento de la defensa de que es necesario que la propiedad pida antes a los ocupas que se marchen para poder iniciar la vía penal. Así, se confirma la condena que también obliga a que deje libre la vivienda de forma inmediata, además del pago de la multa.
15 comentarios
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Viure a Mallorca ès car. Tothom vol viure a Mallorca. Se fa un impost de residència per llar per exemple 100 euros per any i se obtendria uns 40 milions de euros. A la peninsula hi ha més de 1000 pobles buids i tots els okupas se los envia a aquests pobles pagant-lis el lloguer. Els okupas provocan més cost que 40 milions de euros a l'any. El preu de 100 euros no ès car, hi ha el cas del Coletas que per voler viure a no li pertoca costa un equipament de vigilància superior a lo que val la seva finqueta.
Lo triste es que los condenen por una falta administrativa y no los condenen por ser okupas. Ala, a seguir votándoles, que a lo mejor los próximos es ser okupados seréis vosotros.
de todo hay ,aveces los que realmente necesitan ayuda son los que menos reciben aun que la pidan y otros que van de pobres y no lo son ,pues sus ingresos son sucios ,,, si las reciben , realismo ,
Mucho rojo por ahí veo (valoraciones), bueno, y de lo otro también, van ju tos de la mano.
Psoe y Podemos, refugio de ocupas y vividores de las paguitas a cuenta de los que trabajamos
la misma palabra lo dice okupas pues todos a la calle ya que se busquen la vida como todos y sino se puede pues ya se podra y sino vayan a casa de los politicos si les dejan.es lo que hay .
Debe ser hijo de militar. Yo conozco a una persona de 79 años, hija de militar, que aún cobra pensión de orfandad.
Es decir, por ocupar la propiedad privada no pasa nada, pero por no acudir a servicios sociales se les condena. Así ya no hay que cambiar la ley, solo hay que manipularla. Hacer trampa, Que español, no? En fin...
Los okupas están bien amparados y asesorados por los que nos gobiernan, no tenemos nada que hacer.
Lo que facin els serveis socials no té res a veura amb so fet exigit per la sentencia. No hi va haver-hi cap sol.licitut, i queda clar que tampoc altre demostratiu de necessitat. Es a dir, el jutge estima que se va ocupar la vivenda per a benificiar-se del seu usufructe (robatori d'us). Lo del serveis socials, és un límit que exposa l'audiència; ni tant sols això es detecta com a indicatiu de necessitat; tampoc quasevol altre indici. Que els serveis socials no funcionin degudament podria justificar no haguessin acudit a ells. ¿Però i tots els altes indicis demlstratius?