Juan Pedro Yllanes, vicepresidente del Govern. | Teresa Ayuga

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El vicepresidente del Govern, Juan Pedro Yllanes, ha anunciado este lunes que el Consell de Govern ha aprobado una línea de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios ya existentes por valor de 5,9 millones, que permitirá una «inversión de 24 millones».

Estas ayudas no está dirigidas sólo a viviendas, sino también a oficias, hoteles, etc. Yllanes ha asegurado que se trata de un paso más hacia la transición energética y ha destacado que el objetivo es lograr un cambio del modelo energético. Además, ha precisado que se trata de «una apuesta muy clara para la rehabilitación de edificios existentes y no para la construcción de nuevos».

Yllanes ha añadido que estas ayudas permitirán crear puestos de trabajo de calidad y ha destacado que las personas más vulnerables tendrán más ayudas; los beneficiarios del bono social tendrán un 15 %.

El vicepresidente ha precisado que distribuirá en tres anualidades: este año se destinarán 90.000 euros; en 2021, 3.000.000 euros; y en 2022, serán 2.900.000 euros.

Las actuaciones subvencionables en el marco de esta convocatoria serán las destinadas a la mejora del aislamiento de ventanas y de la eficiencia energética y al uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria. También podrán acceder a las ayudas las reformas hechas para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Requisitos para acceder a la subvención

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso. También tendrán acceso a ellas las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios; las empresas explotadoras de edificios, las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos, las entidades locales, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

En cualquier caso, sin embargo, para optar a la subvención, los edificios objeto de la rehabilitación se tienen que haber construido antes del año 2007. Además, las actuaciones que se realicen deben conseguir, y justificar, una reducción del consumo energético final de un 10 % en comparación al que se registraba antes de la reforma.

En ningún caso se subvencionarán las actuaciones realizadas en edificios de nueva construcción, ni las intervenciones que se realicen en edificios ya existentes pero que supongan una ampliación de la superficie o el volumen construido. Tampoco las que se realicen en edificios ya existentes que impliquen un cambio de uso de la construcción.