Un juez recurrirá los cambios en la normativa del acceso de las golondrinas a la isla de Cabrera. | Redacción Local

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Un juez de Palma ha decidido presentar un recurso de inconstitucionalidad contra uno de los artículos de la ley de medidas urgentes que se aprobó el Parlament el año pasado para el impulso de la actividad económica en la lucha contra la COVID. El artículo regula el sistema de transporte de pasajeros al archipiélago de Cabrera.

La disposición transitoria primera de esta ley cambió el sistema para regular el transporte de viajeros al Parque Nacional de Cabrera y permite que se pueda viajar desde cualquier punto de Mallorca con una simple autorización, lo que de facto deja sin efecto el concurso que se había convocado para que las empresas optaron a este servicio.

El juez entiende que esta disposición, que ademas se incorporó mediante una enmienda «que evitó el control de legalidad administrativa», se aprobó sin que se realizaran los trámites legales correspondientes. En el trasfondo está que esta disposición, aprobada por el Parlament a instancias del Pacte, supone una modificación sustancial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque y, en consecuencia, es una vulneración de la legislación básica del Estado.

Incumplimientos

En el auto que acuerda la presentación del recurso, el juez añade que no se siguieron los trámites legales oportunos, entre los que menciona «audiencia a los interesados, trámite de información pública, consulta a las administraciones afectadas e informe de las administraciones competentes en materia urbanística (que en este caso serían el Consell de Mallorca y el Ajuntament de Palma), así como informe previo de Parques Nacionales». También critica que se usara una ley de medidas antiCOVID para este cometido

La decisión del juez llega después de que una de las empresas que presta el servicio de golondrinas desde año 1977, Excursiones a Cabrera SL, presentara una demanda al considerar que este artículo era inconstitucional y pedía al juez que promoviera el recurso. Previamente, el Govern había intentado modificar el sistema de transporte de pasajeros a Cabrera con la convocatoria de un concurso que también fue recurrido por la empresa y que el Ibanat pretendió dejar sin efecto tras la aprobación de la ley de medidas urgentes.

Cuando se aprobó la declaración de Parque Nacional, el Plan Rector de Uso y Gestión estableció que las actividades que ya venían prestando servicio en el parque, como es el caso de las golondrinas, deberían tener una consideración preferente. Con el cambio de normativa, el Govern buscaba que se pudiera viajar a la isla desde cualquier puerto de Mallorca con una petición de reserva de acceso para los ciudadanos y una autorización para cualquier empresa de transporte.

El fiscal considera que se trata de una «alteración normativa discutible» que genera una «evidente arbitrariedad administrativa que ha permitido al Ibanat modificar a su antojo el marco normativo con la utilización de vías dudosamente legales».

El Constitucional deberá decidir ahora si el artículo es inconstitucional, pero mientras el juez suspende las modificaciones que afectan al transporte de pasajeros al Parque Nacional por lo que de momento no entrará en vigor la autorización directa a las empresas de transporte como pretendía la Conselleria de Medi Ambient.