Playas y parques
Los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos al público, salvo entre las 22.00 y las 06.00 horas. También se podrá permanecer en las playas, excepto en este mismo horario: de 22.00 a 06.00 horas.
Velatorios y entierros
Aumenta a 120 personas en exteriores y 50 en interiores (siempre y cuando no se supere el 50 % de aforo del espacio) la participación en comitivas para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto.
Otras ceremonias: bodas, bautizos, comuniones...
Se mantiene el aforo en 50 personas en exteriores y 20 en interiores. Se autoriza el baile, siempre que se desarrolle con mascarilla. El horario se ajustará al de la restauración. Se permitirán hasta 120 personas en exteriores o 50 en interiores si todos los asistentes están vacunados o han tenido una prueba de antígenos o PCR negativa hecha justo antes del evento.
Academias de baile
Se permiten grupos de hasta 25 personas (hasta ahora eran 20) simultáneamente en la misma sala para las actividades que se lleven a cabo en las academias de baile, siempre que se respete el 50% de la capacidad máxima. La mascarilla será obligatoria en todo momento.
Salas de actividades dirigidas y de musculación
En las salas de actividades dirigidas se permite la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 25 personas en el caso de actividades de baja intensidad o de un grupo de máximo 20 personas en el caso de actividades de alta intensidad (hasta ahora eran de 20 y 15 respectivamente). En todo caso, es obligatorio el uso de mascarilla, tanto para el personal monitor como para quien realiza la actividad deportiva.
La práctica de actividades estáticas en sala, entre las que se incluyen las actividades dirigidas y las salas de musculación son permitidas siempre que no se supere el 75% de la capacidad máxima (antes un 50%).
Eventos deportivos
En las competiciones deportivas se aumenta el aforo del público permitido:
• En instalaciones deportivas cubiertas, un 50% de la cabida máxima hasta un máximo de 800 personas (ahora era de 600).
• En instalaciones deportivas descubiertas, un 50% de la cabida máxima hasta un máximo de 2.000 personas (ahora eran 1.000).
Recordar que, si se supera el aforo máximo, deberá recibir autorización previa por parte de la autoridad competente.
En el caso de los participantes en pruebas de participación masivas, podrán ser de hasta mil personas. Si se supera este número, se requerirá autorización previa por parte de la Dirección General de Salud Pública y Participación.
Deporte no federado organizado
Se permiten las competiciones deportivas para el deporte no federado organizado.
Cines y circos de carpa
Se podrán ocupar 2/3 partes de las butacas, siempre y cuando haya un asiento de separación entre núcleos de convivencia de máximo dos personas.
Teatros, auditorios, salas de conciertos y espacios similares
Los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán desarrollar la actividad siempre y cuando no superen 2/3 del aforo máximo autorizado. En otros espacios donde se desarrollen eventos similares, aumenta el aforo permitido a 2.000 personas en exteriores y 800 en el caso de espacios interiores. También se dejará una butaca vacía entre grupos de convivencia. Los palcos podrán llenarse al 100 %, siempre y cuando todos los ocupantes sean de un mismo núcleo de convivencia.
Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos
El aforo permitido se amplía al 100 %. La actividad grupal estará permitida con 40 personas en interiores y 75 en exteriores.
Comercios
Mantienen el aforo completo y el cierre del comercio no esencial se alarga hasta las 00.00 h siempre y cuando lo permita la ordenanza municipal.
Establecimientos de juegos y apuestas
Podrán seguir abriendo hasta las 22.00 h, con un 50 % de aforo. Podrán tener actividad de restauración. En todo caso, será obligatorio garantizar la buena ventilación del establecimiento.
Condiciones para los locales de ocio infantil
La actividad de los locales de ocio infantil se realizará respetando el 50 % del aforo máximo autorizado del espacio y grupos de máximo 25 personas en espacios interiores y 50 personas en espacios exteriores.
Congresos, seminarios, reuniones de negocio y similares
Se permite la realización de congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos con 200 personas como máximo en espacios exteriores en todas las islas y 150 personas máximo y 75 % de aforo máximo autorizado del espacio, en el caso de los interiores. Se recomienda realizar estos eventos de forma telemática. Los espacios tipo auditorio podrán tener una asistencia máxima de 500 personas y un 50 % de aforo máximo autorizado.
En el caso de los congresos dirigidos exclusivamente a profesionales sanitarios, se permite la realización de este tipo de eventos con una asistencia máxima de 1.000 personas y un 75 % de aforo máximo autorizado del espacio.
Centros recreativos para personas mayores
Estos centros tendrán que seguir limitando su ocupación al 50 % del aforo autorizado pero aumenta el número de personas por grupos que podrán realizar su actividad habitual: hasta 75 personas en exterior y 30 en el interior (hasta el momento era de 50/20). Podrán ofrecer servicio de restauración, en iguales condiciones que el sector.
Hoteles, refugios y otros establecimientos turísticos
Los espacios comunes podrán ocuparse al 50 %. Se aumenta el aforo en las habitaciones compartidas hasta 10 personas siempre y cuando no se supere el 50 % del aforo de la estancia. Las viviendas turísticas estarán ocupadas por un máximo de 10 personas (hasta ahora eran 6).
Campamentos
Quedan autorizados, con un aforo máximo de un 50 % por tienda o 3 personas de diferentes núcleos de convivencia. En las escuelas de verano que se realicen en estas instalaciones, se permitirá un máximo de 150 personas.
Transportes
Se elimina la limitación fijada en un mínimo de un 20 % en la prestación del servicio del taxi para consejos insulares y ayuntamientos en su ámbito de actuación.
Restauración
Se permite abrir los espacios interiores en todas las islas hasta la medianoche, siempre respetando lo marcado por las respectivas ordenanzas municipales, con un aforo de hasta un 50 % en todas las islas. En todo caso, el máximo permitido será de 150 personas. Las mesas serán de 4 personas como máximo en todas las islas.
En cuanto a los exteriores, se permiten hasta 8 personas por mesa en todas las islas y se amplía el horario también hasta la medianoche si las ordenanzas municipales lo permiten. Se podrán ocupar todas las mesas, siempre y cuando no se superen los 250 clientes.
10 comentarios
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si pagan el lucro cesante y los perjuicios, me parece muy bien
Desde hoy a las 14 30 papel mojado. No pueden sancionar.
Bueno, por lo leído hace un rato, el Supremo da vía libre...
Y las reuniones familiares? Dentro de qué apartado entran?
Y dale con cerrar las playas por la noche... ¿Ya no puedo ir con mi pareja y estar solos tumbados en la arena nocturna y fresca por que Covid sale a darse una vuelta por la noche? Bueno, le diré de ir a un concierto con 2.000 personas enlatadas, bien juntitas y borrachas, ya que estos eventos reservan el derecho de admisión al virus, cosa que no ocurre en las inseguras y mortales playas nocturnas vacías de gente. Muy sanitarias las medidas, sí... Nótese la ironía! No pienso hacer caso, ya me buscaré una entrada de arena en cualquier parte, tenemos costa de sobra y no pueden vigilarla toda.
Hubo un tiempo en que se dice había una dictadura. Yo nunca la noté. Sin embargo ahora, en "plena democracia", me doy cuenta de lo que es la dictadura QUE NUNCA ANTES HABIA SUFRIDO. Tengo 71 años, en consecuencia se de lo que estoy hablando.
Se puede pasear por el paseo marítimo toda la noche, pero no estar en la arena; se puede ir a un concierto con 2000 personas pero no pasear por la playa, aunque sea solo. Estas normas no son anti covid, son anti libertad. No es de extrañar que las multas ni se tramiten.
Es sabido por todos que el virus es mortalmente contagioso en las playas de noche, especialmente cuando están vacías y corre el aire. Ahora en serio, la playa es dominio publico, yo pago mis impuestos y, salvo en estado de alarma, podre pasearme por el dominio publico si me apetece. Otra cosa es que quieran acabar con los botellones y fiestas en la playa y... sorpresa! Esa ley ya existe y ya antes del covid estaba prohibido hacer botellón en la playa (en cualquier sitio publico realmente). Por lo que esta nueva prohibición no obedece a nada y es otra muestra del gustillo a la dictadura que ha cogido el gobierno de Armengol.
NO! No hay estado de alarma así que NO! Voy a hacer lo que quiera si quiero estar toda la noche en la playa lo voy a hacer y no podéis impedrimelo, para que os quede claro NO!
Vamos que podeis hacer lo que querais como todo el mundo ya estaba haciendo, reuniones de los que queriais, fiestas privadas, cenas de mas de 8 en interiores si le teneis confianza al del bar, o ir con la mascarilla de collarin. Porque a mi los papanatas del gobierno no me diran que hacer o que no.