El piso ocupado está en la barriada de Son Gibert de Palma. | Alejandro Sepúlveda

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Rapapolvo judicial al Ibavi. Un juzgado de Palma ha absuelto a una pareja de okupas de una vivienda pública porque durante tres años y medio la Administración no tomó ninguna medida para recuperar el piso. La sentencia afea al ente autonómico que opte por la «cómoda vía punitiva» y que intente criminalizar «una conducta que no le ha merecido ningún interés». Así, les emplaza a que acudan a la jurisdicción civil para instar el desalojo de la vivienda.

El piso forma parte del centenar de denuncias que ha interpuesto el Ibavi en los últimos meses contra okupas de sus pisos. En este caso se trata de una vivienda de Son Gibert y los propios moradores reconocen que llevan allí desde el año 2017 sin ningún tipo de molestia por parte de la administración. El inmueble fue adjudicado a una familia que en noviembre de ese año renunció a vivir allí. Fue entonces cuando una pareja con un hijo menor de edad se instalaron en el piso público. De hecho, en el juicio aportaron documentación que acredita que son ellos quienes tienen contratada la electricidad de la vivienda a su nombre y que pagan esta factura desde el año 2019.

En el juicio compareció un asistente social del Ibavi que admitió que, aunque pasaba por la vivienda, no tuvo contacto con los dos acusados hasta hace poco y porque ellos fueron quienes le llamaron tras recibir la denuncia.

La juez critica: «Se desprende que un organismo público cuya misión es ofrecer viviendas de alquiler social a personas en situación de vulnerabilidad de acuerdo con el procedimiento establecido no ha mostrado durante tres años y medio ningún tipo de interés por la vivienda de autos». Ni acciones civiles ni denuncias. «Ahora, sin justificar el uso urgente y actual que va a dar a la vivienda, ni concretar el perjuicio que le representa su ocupación ni explicación opta por la vía punitiva».

Así, considera que no ha existido una posesión efectiva de la vivienda y sí un consentimiento tácito de la ocupación por parte del Ibavi. «La tenencia de la vivienda por los denunciados no se apoya en ningún título y presenta caracteres de abusiva», señala, pero considera que la tutela penal «debe quedar reservada a ataques más intensos de la posesión real y efectiva». Concluye la sentencia: «Ante esa tolerancia, consentimiento tácito o, si se quiere, desinterés por parte del Ibavi en el ejercicio de las acciones que le competen y que ha dado lugar a una ocupación durante tres años y medio, para resolver el conflicto planteado deberá acudir al orden civil para recuperar en su caso la posesión».

Oleada de denuncias con resultados dispares

El Ibavi ha recurrido esta última absolución a dos okupas, representados por el abogado Gregorio San José. Los juzgados de Instrucción de Palma han visto en las últimas semanas decenas de juicios similares impulsados por la Administración. Hay condenas y absoluciones según el control que haya mantenido la administración pública sobre esas viviendas y su diligencia al recuperarlas.