En Baleares se han resuelto más de 8.400 demandas interpuestas por consumidores. | G. A.

TW
11

Una reclamación de 845 euros de un cliente mallorquín a su banco por la comisión de apertura de su hipoteca terminará por aclarar si se trata de una cláusula abusiva o no. El Tribunal Supremo ha aprovechado el recurso que tenía pendiente por resolver en este caso para elevar una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para terminar de aclarar si ese pago debe devolverse a los consumidores o no.

El demandante en este asunto suscribió su hipoteca en el año 2005 e incluía una comisión a la entidad por abrirla. Reclamó en 2018 y tanto el juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial entendieron que se trataba de una condición abusiva y que, por tanto, la entidad bancaria debía devolver esa cuantía. El banco recurrió ante el Tribunal Supremo porque se trata de una de las cláusulas sobre las que la jurisprudencia no está clara del todo. El Alto Tribunal español interpreta que esa comisión forma parte esencial del contrato de préstamo porque, junto con el tipo de interés, es una de las retribuciones que consigue la entidad bancaria a cambio del capital.

Sin embargo, en julio de 2020 una resolución del TJUE señaló que la comisión de apertura no es una de las condiciones esenciales del préstamo y contradecía el criterio que había mantenido antes el Tribunal Supremo. Los magistrados de este órgano entienden que se trata de un planteamiento «distorsionado» y ahora piden una nueva aclaración sobre si la regulación legal en España de esta cláusula choca con las directivas de la UE o no.

Reclamaciones

El ciudadano que presentó la reclamación tendrá que esperar meses ahora para saber si recupera o no los 845 euros y en su misma situación quedan el resto de reclamaciones en torno a esta cláusula aún pendientes por resolver en toda España. A pesar de que el número de reclamaciones contra entidades bancarias empieza a ser digerida por los juzgados de Baleares, aún quedan decenas de demandas por resolver.

En Palma permanece la especialización de un Juzgado de Primera Instancia que las resuelve de manera exclusiva y también en Ibiza. Solo se ha levantado el plan especial en Menorca donde apenas quedaban casos.

En total, en Baleares, se han resuelto más de 8.400 demandas interpuestas por consumidores, un 74,2 por ciento de las que se han presentado.