En los informativos los vemos bajar de las pateras envueltos en esas mantas reflectantes. Su alivio al tocar tierra se imprime en las portadas de los periódicos y poco reflexionamos sobre el periplo que llevan a sus espaldas. ¿Cuál es el canal normativo y el procedimiento en el caso de las personas que entran irregularmente a Baleares? Este es el 'modus operandi' que se aplica en los casos de personas que llegan a nuestras costas con la esperanza de hallar una vida mejor a través de las barcazas de las mafias de trata de personas que se enriquecen a su costa.
Las calles y plazas de las localidades de costa de Argelia son el punto ideal para el principio de este periplo. En esos lugares públicos las mafias se valen de conseguidores que 'cazan' la desesperación de la gente; en ocasiones el boca oreja hace el resto y se acuerda el precio del traslado y la fecha de salida, siempre condicionada por la bonanza meteorológica.
Usualmente zarpan con las horas nocturnas. A veces sus patrones acumulan detenciones y expulsiones a sus espaldas, y cuentan con ayudantes que se encargan del combustible o el GPS. Cuando vuelven a la costa africana empiezan de nuevo. Es el ir y venir que no cesa frente a nuestros ojos, como cuando este pasado verano la playa de Portals Vells fue testigo de la llegada de una patera.
No es sencillo que estas embarcaciones pasen desapercibidas hasta tocar costa gracias a los sistemas de vigilancia como el radar SIVE, que las detecta y como consecuencia se envía una misión de rescate, normalmente a cargo de Salvamento Marítimo, que pone a estas personas a disposición de las autoridades. Su intención no es quedarse entre nosotros, quieren viajar al centro de Europa donde creen que colmarán sus expectativas.
Después de ser identificadas se inicia un expediente en extranjería ya que España no avala las llamadas devoluciones en caliente. Sin embargo no será preciso expediente de expulsión para la devolución de los extranjeros en dos supuestos: los que pretendan entrar ilegalmente en el país, el caso que nos ocupa en las pateras que viajan hasta las Islas, y los que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España.
La expulsión conllevará, en todo caso, la extinción de cualquier autorización para permanecer legalmente en España, así como el archivo de cualquier procedimiento que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España.
El paso previo a la expulsión de los migrantes que llegan a Baleares en patera es el internamiento preventivo, que en la práctica totalidad de casos se lleva a cabo en los nueve centros de internamiento (CIE) de la Península. Se trata de instalaciones públicas, todas ellas ubicadas en la cuenca mediterránea, de carácter no penitenciario donde se retiene, con el objeto de facilitar su expulsión (que debe ser aceptada y tramitada por las autoridades del país de origen), a las personas extranjeras en situación irregular, privándolas de libertad durante un periodo máximo de 60 días. Sin embargo, a veces es imposible cumplir con los plazos y los aforos como se debería.
Todo lo dicho no aplica en caso de colectivos de especial protección como los menores o las personas discapacitadas, en cuyo caso quedan bajo el amparo de las autoridades locales. ¿Quién no puede ser expulsado, a pesar de que se haya dictado una orden de expulsión en su contra? Las leyes españolas contemplan dos supuestos.
Aun cuando se haya adoptado una resolución de devolución, ésta no podrá llevarse a cabo y quedará en suspenso su ejecución cuando se dé en casos de mujeres embarazadas a las que el traslado pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre, o se trate de personas enfermas y la medida pueda suponer un riesgo para su salud de un lado; y por otro se formalice una solicitud de protección internacional, hasta que se resuelva o no sea admitida.