Mientras algunos territorios, como Madrid o Andalucía, ya han expresado sus reservas nada disimuladas a los preceptos que incorpora la nueva ley de vivienda acordada por el Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos, en Baleares se espera la aprobación de la novedosa norma como agua de mayo. ¿Por qué? Algunas características intrínsecas del mercado inmobiliario balear motivan esta urgencia, más allá de la coincidencia del color político entre administraciones y la supuesta sintonía en sus políticas.
Este miércoles, en Consell de Govern extraordinario por la aprobación del techo de gasto en la comunidad de cara a 2022, la consellera d'Hisenda, Rosario Sánchez, ha subrayado que «es una buena noticia que haya un acuerdo de presupuestos para 2022». Respecto a la norma que tiene por objeto poner concierto en un sector con graves desequilibrios ha precisado que Baleares ya hizo un paso pionero en cuanto a grandes tenedores, y ha destacado que el objetivo es garantizar el derecho a la vivienda, también en sus zonas especialmente tensionadas, como Palma en Mallorca, o Vila, en Ibiza.
Las medidas van en la línea de fomentar el acceso a la vivienda dado que el archipiélago balear es uno de los territorios más acuciados por los disparados precios, especialmente en el régimen de alquiler. Sin embargo algunos datos son un tanto engañosos; por ejemplo el crecimiento del número de alquileres por debajo del precio de mercado en Baleares, el más alto de todo el país con un 6,7 % en 2020, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
La temporalidad de muchos de los trabajadores de las Islas estimula la opción del alquiler. De hecho, Baleares es la comunidad con un porcentaje menor de viviendas en propiedad, a pesar de que este segmento es ampliamente mayoritario. Representan el 65 % del total, y el año pasado aumentaron en hasta seis puntos respecto al anterior (59,3 %).
Con todo, Baleares se sitúa entre las comunidades con la vivienda más cara, tanto a la hora de comprar como de alquilar. Además, las Islas son uno de los territorios donde porcentualmente más crece la población cada año, tanto por el establecimiento entre nosotros de personas de origen peninsular, como de foráneos.
Las Islas fueron uno de los territorios que en el pasado más reciente redactó y aprobó una normativa autonómica en este ámbito. Asimismo, las autoridades baleares han solicitado en diversas ocasiones la aprobación de una ley de vivienda estatal, la última en la cumbre bilateral este pasado verano con representantes de la Comunitat Valenciana, otra de las comunidades que esperan con ansia la aprobación de un nuevo marco normativo estatal.
¿Qué prevé la ley balear? En primer lugar establece qué se entiende por vivienda desocupada; esto es, aquel inmueble que permanece desocupado de manera continuada durante un tiempo superior a dos años, sin ninguna causa que lo justifique. También señala a los llamados grandes tenedores con parque inmobiliario retenido para que este se dedique a alquiler social.
Como consecuencia de ello el pasado mes de marzo el Govern comunicó la primera resolución por la que iniciaba la expropiación de 56 viviendas de grandes propietarios inscritas en el registro oficial, con un coste total de 1,8 millones de euros por un plazo de siete años. No obstante, como el propio Ejecutivo reconoció posteriormente, el proceso no sería rápido al tener que hacer frente a recursos judiciales y alegaciones.
9 comentarios
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NanoTe lo piensas antes de alquilar a un español. Has de pedir declaración de renta de los últimos tres años y las ultimas tres nóminas. De lo contrario no te lo aseguran las compañías que hacen seguros de morosidad. No te queda más remedio que contratar estos seguros con los españoles, que están acostumbrados a que si no pagan el alquiler no pasa nada. El seguro es un coste añadido para el propietario. Ahora encima aunque seas pequeño propietario, tienes que congelar el precio. No puedes subir el alquiler, esto de que solo afecte a los grandes propietarios es mentira. Si solo tienes un piso no puedes subir el alquiler, mucha gente que ha reformado pisos y ha hecho una inversión para subir el nivel de la propiedad, tiene que cobrar lo mismo que antes de la reforma. Es volver al horror de la renta antigua.
Increíble la ley según dicen si tengo 2 pisos que no alquilo o utilizo en 2 años me pueden subir el Ibi un150%perfecto si hombre que si lo que tú digas manda narices que está gente llame a esto normalidad.O sea así de fácil alquilas o te subo el Ibi eso si alquila al precio que te diga y si tes rompen o destrozan el piso apáñate y no me vengan con el depósito no cubre ni un 1 por ciento de lo que van a romper sino te entran okupas y métete en problemas judiciales que tú abonas para sacarlos son insolventes paga la luz agua etc etc el que quiera que alquile lo demás son coacciones no creo ni que sea legal vaya narices
Poco recorrido...NO SE PUEDE CONCULCAR LA PROPIEDAD PRIVADA....eso será INCONSTITUCIONAL....como TANTAS cosas hechas por este GOBIERNO, declaradas INCONSTITUCIONALES. Resulta PREOCUPANTE en numero de SENTENCIAS CONTRA LA CONSTITUCION que ya ha recibido.
¿Y por qué no lo prueban en otro sitio? En Barcelona lo han hecho y no funcionó. Ni en Berlín, ni París.... Que empiecen con algo más fácil, como la limpieza de Palma. Si a ésto no llegamos, ¿cómo vamos a regular los alquileres?
Si el gobierno quiere alquileres bajos y mercado ágil del alquiler pues que compre edificios o pisos y los rehabilite,pague gastos,los mantenga y briegue con los inquilinos Una cosa es predicar y la otra dar trigo
Más que banco de pruebas, campo de tiro. Ímprobo esfuerzo el de Francina por hundir la economía balear.
Luego nos rasgaremos las vestiduras cuando los propietarios vendan sus viviendas a extranjeros adinerados , mejor vender a un alemán que alquilar a un español.
Si se preocuparan más en aprobar una Ley de Arrendamientos dónde: 1º- el inquilino esté totalmente cubierto y respaldado ante el arrendador (propietario de la vivienda) mientras pague lo pactado en el contrato de arrendamiento. 2º- el arrendador esté totalmente cubierto y respaldado ante el inquilino cuando exista incumplimiento de contrato de alquiler. 3º- Desahuciar al inquilino cuando esté no cumpla con lo pactado en el contrato de alquiler, que para eso se realiza, tenga o no tenga familiares o menores a cargo, eso no es un problema del arrendador. 4º- garantía de que el arrendador recibirá la vivienda en el mismo estado en que fue entregada al inquilino. Entonces, y solo entonces, saldrán más viviendas para alquilar y regulará los precios del mercado a la baja.