Vía de cintura de Palma. | plozano

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El 13 % del parque de vehículos en Baleares no tiene el seguro obligatorio, un porcentaje que se sitúa por encima del 9 % de media estatal, según los datos que el Gobierno ha facilitado en una respuesta parlamentaria a los diputados del PP Óscar Gamazo y Jaime Mateo Istúriz. Son datos que corresponden al 31 de enero de este año y que cifran concretamente en 2.957.530 lo vehículos que no tienen la póliza de seguro a la que obliga la ley, lo que puede ser sancionado con entre 601 y 3.005 euros. Esa cifra supone que la media nacional de vehículos sin seguro es de 9 de cada 100, pero esta proporción se eleva 23 en el caso de Melilla y a 18 en el de la otra ciudad autónoma: Ceuta. Del total del resto de provincias, el porcentaje mayor de vehículos sin seguro obligatorio corresponde a Almería y Baleares, con un 13 por ciento en cada caso; por delante de Girona, Granada y Santa Cruz de Tenerife (el 12 por ciento).

El 11 por ciento de los vehículos no lo tiene en Cádiz, Ciudad Real, Huelva, Lleida, Málaga, Murcia, las Palmas y Tarragona. Por su parte, en el extremo opuesto son Gipuzkoa, Madrid y Navarra las provincias con menor proporción de vehículos sin seguro, un 6 por ciento. Según la ley, el incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará la prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados y el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro. «Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente», advierte la normativa.

Y no solo eso, porque los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, «que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo». Mientras, la sanción pecuniaria oscila entre los 601 euros y los 3.005 de multa, «graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción».