La Sala de lo Social del TSJIB ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador por reclamar una pausa diaria para comer durante su jornada laboral. El tribunal desestima el recurso de la empresa que pretendía que el despido fuera aceptado como improcedente sin más, es decir, compensado con una indemnización y no nulo, que implica la readmisión obligatoria y, en este caso el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños al vulnerar un derecho fundamental la empresa.
El TSJIB declara nulo un despido por reivindicar una pausa para comer
La empresa expulsó al trabajador que planteó una reivindicación y ahora tendrá que readmitirlo
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9 comentarios
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"empresutxa" i "empresari" "dignes" per retirar-lis llicència laboral, i no permetrer-li cap llicència mai més , per esclavistes i explotadors.
Juliol del 2009? Tretze anys esperant una sentència, brutal...
Buena empresa para currar!!
Pues el problema de fondo no son las políticas de las empresas, sino la hipocresía de las Administraciones, que licitan unos contratos por unos precios miserables a sabiendas de que los ganarán las empresas que menos pagan a sus trabajadores y que en peores condiciones los tienen. Y ello es así, porque ellas tienen que ahorrar lo máximo para poder seguir manteniendo a sus trabajadores entre algodones, con todos sus privilegios, derechos y buen sueldo, pagados con el impuestos de los demás y, como aquí se ve, también a expensas de los trabajadores de sus contratas. Y estas políticas de las Administraciones las practican tanto la derecha como la izquierda, cuya hipocresía es aún mayor.
@Turboman, no es des de el dia de la sentencia, es que es des de el dia a on es faci efectiva la reincorporació, i si serà un numeret guapo, i be esta perque comencin a patir a la seva butxaca, que es l'univca cosa que els preocupa dels explotadors de les necessitats dels mes debils. I mentre molts de treballador que no arriben ni als mil euros votant a l'extrama dreta sauvatge, que a qui defensa son als poderosos que desp´res els ccolocaran.
Y lo que no se comenta es que, al ser un despido nulo, la empresa va a tener que pagar los salarios desde el día del despido hasta el día en que ha salido la sentencia, que al ritmo que va la justicia pueden ser dos años de sueldo, y un número de 5 dígitos. También destacar como, en el ámbito laboral, la carga de la prueba es de la empresa: si alguien demanda que le han despedido por represalia, no es él quien tiene que demostrarlo, sino la empresa demostrar que no ha sido así. Y como aquí no han podido, pues nulo.
Mi enhorabuena para el trabajador. Es interesante saber que las empresas de seguridad, al igual que otras empresas de contratas, muchas veces consiguen sus contratos tirando el precio por los suelos para eliminar a la competencia. Ese precio muchas veces no es suficiente para garantizar el beneficio de la propia empresa y a la vez cumplir con los derechos de sus trabajadores. Por eso, a la mínima que uno pone pegas lo largan de la empresa como ejemplo para los demás.
Las empresas saben cuáles son todas las obligaciones del trabajador, pero de los derechos en ocasiones se olvidan que también tienen, según el empresario que tengas
Explotadores miserables