El acuerdo se ha alcanzado por unanimidad. | CAIB

TW
3

El Govern, los sindicatos y las patronales del sector han aprobado este lunes por unanimidad la propuesta de calendario para 2025 de apertura comercial de domingos y festivos. En concreto, podrán abrir 10 jornadas festivas, las mismas que este año. El conseller de Empresa, Empleo y Energía, Alejandro Sáenz de San Pedro ha explicado: «Es la primera vez que la Comisión aprueba una propuesta por unanimidad del calendario de apertura de domingos y festivos del año 2025. Quiero felicitar y agradecer a todos los representantes de sindicatos, patronales y asociaciones por su diálogo y por llegar a un acuerdo».

Sáenz de San Pedro ha resaltado que «hoy celebramos este acuerdo unánime de todos los representados que beneficia en todo el sector del comercio de las Islas Baleares y los consumidores. Queremos agradecer la colaboración y la buena disposición de las asociaciones, sindicatos y patronales. Este Govern apuesta por el diálogo con todas las partes implicadas y por el consenso».

¿Qué festivos podrán abrir?

El primero de ellos es el 5 de enero, justo después de Año Nuevo. El siguiente es el sábado 1 de marzo; seguido del 17 de abril, Jueves Santo. Para el siguiente festivo de apertura comercial habrá que esperar al mes de agosto, concretamente al día 15 que cae en viernes.

Coincidiendo con los preparativos de la vuelta al cole, el domingo 7 de septiembre también podrán hacerlo todos los establecimientos comerciales; cabe precisar que los menores de 300 metros, salvo que pertenezcan a un grupo empresarial, pueden hacerlo siempre.

El sábado 1 de Noviembre, que se celebra Tots Sants, también es día de apertura comercial; al igual que el domingo 30 de noviembre. El año 2025 finalizará con tres festivos en los que los grandes comercios podrán permanecer abierto: el 6 de diciembre, el 21 de diciembre y el 28 de diciembre.

Desde la Conselleria de Empresa, Empleo y Energía han precisado que dos de las fechas citadas con anterioridad son «días susceptibles de modificación por los ayuntamientos». En concreto, se trata del 15 de agosto y el 7 de septiembre. Los consistorios interesados deben notificarlo al Govern antes del 15 de noviembre de 2024.