El empresario Román Sanahuja (a la izquierda) fue condenado en el segundo juicio de Can Domenge por el pago de un soborno a la cúpula de UM que él mismo reconoció en el juicio. | Pere Bota

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La promotora Sacresa intenta recuperar parte del delito. La empresa reclama al Govern de Balears dos millones de euros. Es lo que tuvo pagar en impuestos por la compra de Can Domenge en 2006. Esa operación fue declarada nula en la sentencia que cerraba el caso de corrupción una de las principales causas contra UM y que llevó a la expresidenta del Consell, Maria Antònia Munar a prisión. El argumento de Sacresa es que, si la compra es nula, se le tienen que devolver esos dos millones de euros que serían impuestos pagados por un contrato que ahora no existe. El TSJIB rechaza la petición y desestima la demanda porque, señala, parte de un grave incumplimiento por parte de Sacresa: como la empresa participó en los delitos, ella misma provocó la nulidad del contrato. «Quebrantó las obligaciones de la contratación más elementales en la forma más radical, severa y grave posible, se le reprocha».

Sacresa adquirió por 30 millones en 2006 los terrenos en un concurso convocado por el Consell Insular que más tarde se reveló como amañado. El responsable de la empresa, Román Sanahuja, manifestó en el juicio que pagó un soborno de cuatro millones de euros a los cargos de UM en el Consell a cambio de la adjudicación. La sentencia también apuntaba a que el valor real de este suelo era de 45 millones de euros. Sin embargo, tras el estallido de la causa penal y de la crisis, estos terrenos terminaron en una ejecución hipotecaria y más tarde fueron vendidos por parte de la Sareb por apenas siete. Desde ese momento, en 2013, los terrenos se han desarrollado y buena parte de los bloques previstos están ya habitados.

Justo después de la sentencia penal, en 2013, Sacresa interpuso una reclamación administrativa para recuperar los dos millones de euros que pagó en impuestos por la transacción. Antes de llegar al Tribunal Superior, el asunto ha pasado por un complejo trámite administrativo y por sentencia de dos tribunales económicos, el autonómico y el central.

En todos los casos, la respuesta es similar y tiene que ver con la ley que regula el impuesto de transmisiones patrimoniales. Esa norma marca como excepción para la devolución del pago cuando se anula el contrato los casos en los que el contribuyente haya incumplido con sus obligaciones legales. Esto es lo que ocurre, según la sentencia del TSJIB en el caso de Sacresa. Se basa en la causa penal para concluir que la empresa «se colocó de forma voluntaria» en una posición en la que chocaba con los «más elementales principios generales de la contratación pública». La sentencia, que puede ser recurrida ante el Supremo, insiste en que el contrato se anuló porque se cometió un delito de prevariación.

El apunte

Un suelo edificado tras una larga historia en los tribunales

Can Domenge, situado justo enfrente del Palma Arena, está ya prácticamente edificado cerca de dos décadas después de su venta frustrada a Sacresa. Tras el procedimiento penal, una entidad bancaria se hizo con el suelo al ejecutar la hipoteca que pesaba sobre los mismos. Más tarde el suelo pasó a la Sareb que lo vendió en 2013 por siete millones de euros, una cantidad por debajo de lo que se discutía en el juicio: Sacresa pagó 30; Núñez y Navarro decían que 60 y la sentencia, 45.