El abogado Javier Valentín, a punto de presentar su tesis doctoral. | miquel angel canellas

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Javier Valentín es un abogado especializado desde hace más de una década en turismo. Esta mañana defiende en la UIB su tesis doctoral en la que aborda la situación del alquiler vacacional. Además es el vicepresidente de ASCAV, la patronal del alquiler turístico en Canarias.

¿Hay un rechazo social al alquiler vacacional?
No, por parte de la población residente en Canarias. Sí en el sector hotelero que está haciendo de lobby y no quiere competencia. El alquiler sirve para redistribuir la riqueza del turismo, es una manera de que se quede en el destino.

¿No se ha ido de madre?
El fenómeno es bastante parecido en Canarias y en Baleares. A nivel histórico, las viviendas turísticas son tan antiguas como el turismo mismo. En Mallorca hay fuentes del siglo XVIII que hablan del uso de viviendas privadas para alojar turistas. Por supuesto que el crecimiento no puede ser ilimitado en las viviendas turísticas. Como cualquier actividad se tiene que desarrollar en parámetros razonables. El Supremo ya estableció en 2020 que los ayuntamientos están obligados a planificar.

¿Y cómo lo hacen?
Nos encontramos con una amalgama de normas. Algunas han sido recurridas. En mi caso, ahora tenemos recurrido el Plan General de Las Palmas que establece limitaciones en este sentido y el real decreto de registro único de arrendamientos.

El Supremo autorizó la prohibición en Palma de plurifamiliares, ¿cómo lo valora?
No me parece una medida proporcional. Entiendo que hay otras menos restrictivas que permiten controlarlas a través de las comunidades de propietarios. La Ley Orgánica de Eficiencia, introduce un nuevo apartado que las limita aún más.

¿De qué manera?
Dice que el alta de una vivienda requerirá la previa y expresa autorización de la comunidad de propietarios. A partir del tres de abril, las viviendas turísticas en las comunidades serán prácticamente imposibles.

Entonces , ¿es más proporcional que actúen los propietarios?
Lo es desde las directivas europeas. Me parece más proporcionado que en un edificio lo establezcan los propietarios. De todas formas, el acuerdo va a perjudicar a los que votan en contra. Si dentro de cinco años quieren vender su propiedad el comprador lo tendrá en cuenta.

El comprador también tendrá en cuenta las molestias de convivir con pisos vacacionales, ¿no?
Es uno de los grandes mantras que hay, las molestias. No puedo dar el dato de Palma, pero sí pedí en Las Palmas de Gran Canaria cuántas denuncias habían recibido en una década: era una media de cinco al año. Las comunidades tienen mecanismos para defenderse frente a las actividades molestas de cualquier actividad. La Ley de Propiedad Horizontal lo permite. Hay medidas suficientes aunque sean desconocidas por la ciudadanía.

¿Es mejor que las administraciones no intervengan?
Tienen que responder a los principios de proporcionalidad, necesidad y no discriminación. Dentro de las competencias municipales hay distintos mecanismos que se pueden adoptar. Por ejemplo, la zonificación. Hay medidas suficientes que pueden emplear.

¿La conclusión de su tesis?
Propongo que se cree una regulación específica en el Código Civil que regule el contrato de arrendamiento de vivienda vacacional para proteger los derechos de los huéspedes, que son la parte más débil generalmente. Desde el derecho público que cada medida responda a esos tres principios y desde el comunitario, con el último reglamento, creo que se debería haber sido más contundente e imponer las responsabilidad de las plataformas que tienen un papel protagonista para que respondan de los casos más flagrante.

¿Están desprotegidos los huéspedes?
Como no tenemos un marco regulatorio unificado, sería adecuado que se determinan las obligaciones del anfitrión y del huésped para garantizar sus derechos. También el fenómeno de la inquiocupación en viviendas turísticas: gente que reserva para dos días, que no se va y se queda de manera indefinida. Entiendo que es un delito de estafa.

¿Y con los grandes propietarios que explotan muchos pisos, qué hacemos?
Reclamamos que se diferencie al pequeño propietario de uno que gestione un gran volumen de unidades. Se ha utilizado la norma de la vivienda vacacional porque es más laxa que otras tipologías.