La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al alcalde de
Marbella, Jesús Gil y Gil, a la pena de seis meses de arresto mayor
e inhabilitación especial para el cargo de alcalde por un tiempo de
28 años y multa de un millón de pesetas por cuatro delitos de
prevaricación y tráfico de influencias. Tanto el propio Gil como el
PSOE recurrirán la sentencia al Tribunal Supremo aunque con fines
bien distintos. Los socialistas consideran que el fallo se ha
quedado corto.
A pesar de todo, el alcalde de Marbella ha visto rebajados
sustancialmente los 29 años de prisión y 74 de inhabilitación por
17 presuntos delitos que pedía el fiscal anticorrupción, Carlos
Castresana, por los contratos de publicidad entre el Ayuntamiento
de Marbella y el Atlético de Madrid. Por este motivo, el PSOE
recurrirá una sentencia «insatisfactoria» que, según la portavoz
del PSOE en Marbella, Isabel García Marcos, «no tiene nada que ver
con la petición de la Fiscalía» ni con la de su partido.
Castresana imputaba a Jesús Gil un total de 17 delitos, entre
ellos tráfico de influencias, prevaricación, falsedad en documento
público y malversación de caudales públicos. Asimismo, el fiscal
solicitaba 74 años de inhabilitación y una indemnización de 1.700
millones de pesetas. La sentencia absuelve al alcalde de Marbella,
a Pedro Román y a Modesto Perodia de los delitos de falsedad,
malversación de caudales públicos y fraude.
Sin embargo, condena al ex primer teniente de alcalde de
Marbella, Pedro Román, por un delito de prevaricación a la pena de
9 años de inhabilitación especial para cargo público y a Modesto
Perodia, gerente de la empresa municipal, por un delito de
prevaricación continuado, a una pena de 9 años de inhabilitación
especial para el cargo de gerente de sociedad municipal. La
Audiencia ha absuelto de todos los delitos a José Luis Sierra,
Miguel Angel Gil Marín, Enrique Cerezo, Rafael González Carrasco,
Luis Cuervas, José María del Nido, Julián Felipe Muñoz y José Ramón
Guimaraens de los delitos de los que venían siendo acusados. Las
acusaciones tienen cinco días para recurrir la sentencia ante el
Tribunal Supremo.
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