Un juez de Barcelona considera en una sentencia que el 'decretazo'
provoca despidos que vulneran los derechos fundamentales y propicia
que éstos se produzcan de forma arbitraria o por simple estímulo
económico.
El titular del Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona se
refiere en concreto a la supresión de los salarios de tramitación
de los despidos declarados improcedentes, medida incluida en el
Real Decreto Ley 5/2002 (el 'decretazo'), que provoca el
«indiscutible abaratamiento» de los despidos disciplinarios e
«incentiva un uso abusivo» y «en fraude de ley» de despido
disciplinario. Según la sentencia, en la que declara nulo el
despido de un trabajador de la construcción, el 'decretazo' puede
«propiciar despidos sin otra causa que el simple estímulo económico
o la voluntad arbitraria» y recalca que «el abaratamiento del coste
de la declaración de improcedencia, al suprimir los salarios de
tramitación, puede provocar el efecto perverso de incentivar
despidos arbitrarios y faltos de fundamento legal».
El juez señala que habitualmente la práctica judicial «viene
calificando los despidos verbales como improcedentes». El fallo
añade, sin embargo, que el 'decretazo' ha vuelto a «reformar
sustancialmente el régimen jurídico de despido disciplinario», lo
que obliga a replantearse la clasificación de los despidos
verbales. El juez considera que el nuevo marco normativo generado
por la reforma ha provocado un «evidente peligro de incremento de
uso abusivo y en fraude de ley del despido disciplinario por causa
de su incuestionable abaratamiento».
El Gobierno modificó el 'decretazo' hace ahora una semana y se
retiró el punto referente al salario de tramitación.Ante esta
situación, considera que se debe «reconsiderar la falta de vigencia
de la figura jurisprudencia del 'despido radicalmente nulo por
fraude de ley'» que fue aparcada en 1993 por el Tribunal Supremo al
entender que ya no tenía cabida después de la reforma de la ley
laboral de 1990, fruto de la Ley de Bases de 1989. De este modo,
explica el juez que la mayoría de despidos verbales no responden a
una causa disciplinaria sino a factores objetivos como el cierre de
empresa, descenso de trabajo o confianza en la aptitud del
trabajador.
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