El Pleno del Congreso dio ayer luz verde al proyecto de Ley de
Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, que introduce medidas
para incentivar que los propietarios de pisos vacíos los saquen al
mercado de alquiler. Con la ratificación por la Cámara Baja de las
enmiendas introducidas en el Senado, el texto del Ejecutivo pasa su
último trámite parlamentario y entrará así en vigor un día después
de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Durante su tramitación parlamentaria se introdujeron en el
proyecto de Ley de Venta de Bienes de Consumo diversas
modificaciones, destacando la enmienda a propuesta de CiU por la
que se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para propiciar así
el alquiler de inmuebles vacíos. De este modo, el texto del
Ejecutivo pretende dar salida al mercado del alquiler a los cerca
de tres millones de pisos desocupados que hay actualmente en
España. Con ello se pretende «mejorar» la situación del propietario
con la finalidad de fomentar la movilización a través del alquiler
de este tipo de inmuebles, medida que, a su vez, puede contribuir a
una «bajada de los precios de alquiler».
A tal fin, el texto del Ejecutivo introduce medidas que van
dirigidas a agilizar los trámites para que se haga efectivo el
desahucio en caso de impago y los trámites judiciales. De este
modo, fija el plazo de enervación (parar) del desahucio mediante
pago del inquilino requerido en el plazo de dos meses, frente a los
cuatro meses previstos inicialmente. Además, fija en cinco días el
período para dictar sentencia después del juicio oral, frente a los
diez días previstos inicialmente y, en la misma línea, reduce de
diez a cinco días el período de notificación de la sentencia.
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