La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido absolver al
diputado de Sozialista Abertzaleak Jon Salaberria del delito de
enaltecimiento del terrorismo. Salaberria utilizó la tribuna del
Parlamento vasco para defender la lucha armada de ETA y el Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco le condenó por ello. Pero el
Supremo cree que las sanciones a Salaberria deben partir del propio
Parlamento en la forma que se considere adecuada o por parte de los
ciudadanos por medio de su voto.
Salaberria dijo en una sesión en el Parlamento vasco el 12 de
abril de 2002 que el País Vasco es un territorio «militarizado» y
aseguró que hay ciudadanos vascos detenidos y torturados en las
comisarías. «Los Estados español y francés han hecho una apuesta de
guerra», dijo entonces, y la única solución es el derecho de
autodeterminación.
En una segunda intervención en aquel debate sobre la supresión
del delito de insumisión, Salaberria acusó a los demás grupos de no
querer hacer frente al problema de la militarización y aseguró que
«la lucha armada de ETA no responde a la voluntad de imponer
ideas», sino «a la defensa de derechos legítimos que tiene el
pueblo vasco». Estas palabras le costaron una condena a un año de
prisión y siete de inhabilitación por parte del Tribunal Superior
de Justicia del País Vasco.
Pero el Supremo ha decidido revocar esta sentencia de septiembre
del pasado año. En primer lugar, la sentencia, de la que ha sido
ponente José Ramón Soriano, asegura que los diputados cuentan con
inviolabilidad y que, una vez establecida, el problema que se
plantea es el de delimitar «quién debe y puede corregir los excesos
realizados en fraude de ley o fuera de la función que se protege».
En este sentido, si se otorga a un órgano diferente del propio
Parlamento la capacidad de controlar o valorar el fondo de las
manifestaciones de un diputado, se estaría quebrando ese
derecho.
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