Santiago Pedraz, juez de la Audiencia Nacional.

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La Audiencia Nacional resolvió ayer ordenar al juez de este tribunal Santiago Pedraz que procese al recluso etarra José Ignacio de Juana Chaos por los delitos de pertenencia a banda armada y amenazas terroristas en relación con dos cartas publicadas en Gara y acordó la prisión provisional de éste.

La primera consecuencia del auto es que De Juana, que fue miembro del «comando Madrid» de ETA en los años 80, no será excarcelado el próximo 3 de agosto, fecha en la que liquidaría definitivamente las penas -que sumaban casi 3.000 años de prisión- a las que fue condenado en el pasado por su participación en distintos atentados.

En una resolución notificada ayer, la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal revoca el auto de conclusión del sumario dictado por Pedraz el pasado 10 de junio y estima que «ha quedado justificada la existencia de indicios de delito y de motivos bastantes para reputar presunto responsable a De Juana de los delitos de integración en banda terrorista y amenazas terroristas».

Tras explicar que de lo que se trata es de «decidir si en las diligencias practicadas resultan elementos suficientes para considerar que existen indicios racionales de criminalidad, indicios que no fueron examinados por el instructor», la sala analiza el contenido de las cartas, tituladas «El escudo» y «Gallizo», que De Juana publicó en Gara el pasado mes de diciembre.

La sala afirma que en «El escudo» De Juana «considera como enemigo a todo aquel que no se encuentra integrado en el MLNV, y lo califica como totalitario y fascista, y así se refiere a los políticos corruptos, jueces prevaricadores, profesionales de la tortura».

En la segunda misiva -titulada «Gallizo» en referencia a la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo- De Juana se refiere a ésta y a los directores de seis cárceles, «a los que atribuye todo tipo de torturas y vejaciones».

«Con la publicación de estos datos, De Juana puede estar tratando de fijar objetivos para las acciones de ETA», señala el auto, que agrega que la publicación de la carta en un periódico «sirve, además de para hacer llegar estos datos a la dirección de la banda, para amedrentar y atemorizar a estas personas y a todo el colectivo que representan».

Pero además de ordenarle que procese al preso etarra, el tribunal insta a Pedraz a practicar una serie de diligencias solicitadas por el fiscal. Una vez establecida la existencia de indicios de delito, la sala acuerda decretar la prisión provisional de De Juana.