La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años
con cónyuge a su cargo será de 7.813,12 euros anuales en 2006,
mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de
7.301,84 euros. De acuerdo con el articulado del Proyecto de Ley de
Presupuestos del Estado, si la persona jubilada tiene 65 o más años
y carece de cónyuge tendrá una pensión mínima de 6.449,10 euros,
mientras que será de 6.009,08 euros si no ha cumplido esa edad.
Los titulares de incapacidad permanente total con 65 o más años y
cónyuge a cargo tendrán una pensión mínima de 7.813,12 euros, en
tanto que los que carezcan de cónyuge percibirán 6.449,10 euros.
Las prestaciones mínimas para las personas con invalidez
permanente absoluta y que tengan cónyuge a cargo se elevarán a
7.813,12 euros, mientras que si no lo tienen, la cuantía será de
6.449,10. En los supuestos de gran invalidez, con incremento del 50
por ciento, la percepción mínima será de 11.719,68 euros anuales
para los pensionistas con cónyuge, y de 9.673,72 euros, para los
que no tengan esposa o esposo a su cargo.
Las pensiones de viudedad para las personas mayores de 65 años
ascenderán a 6.449,10 euros anuales, que bajarán hasta los 6.009,08
euros para los perceptores entre 60 y 64 años, y a 4.795,14 euros,
para los de menos de 60 años, cuantía que será de 6.009,08 euros si
con esa edad tienen cargas familiares.
En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija
en 1.949,64 euros al año, cantidad que se eleva a 4.795,14 euros
para la orfandad absoluta, a repartir entre los distintos
perceptores.
Las prestaciones en favor de la familia serán de 1.949,64 euros
anuales por beneficiario, aunque se elevarán a 5.019 euros si sólo
hay un receptor mayor de 65 años y a 4.725,56 euros si es menor de
esa edad. La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro
Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 4.516,54
euros anuales.
El importe que recibirá un pensionista durante el año 2006 no
podrá superar los 2.202,31 euros mensuales, sin perjuicio de las
pagas extraordinarias, que tendrán el mismo límite.
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