La Audiencia Nacional archivó ayer el caso de las cesiones de nuda propiedad por la falta de legitimidad de las acusaciones populares que impulsaron la imputación del presidente del Banco Santander, Emilio Botín, por varios delitos.
Ayer, la Sala de lo Penal acordó por unanimidad el sobreseimiento libre de las actuaciones, conforme a lo pedido por el fiscal Vicente González Mota y la Abogacía del Estado, y con una advertencia: el ejercicio de la acusación popular debe estar limitado «en cuanto a su alcance, extensión y contenido».
La ausencia de acusación por parte del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado, que representaba al principal perjudicado por el presunto delito fiscal (la Agencia Tributaria), ha provocado que no se celebre el juicio oral contra Botín, tres directivos del banco -Rodrigo Echenique, José Ignacio Uclés y Ricardo Alonso Clavel- y otros 21 clientes imputados por comprar este producto en 1989.
Concluye, por el momento, un proceso judicial que se dilataba ya durante catorce años, aunque se ha anunciado un recurso de casación al Tribunal Supremo por parte de una de las acusaciones, la encabezada por la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes (ADIC), que la defensa de Botín liga a Rafael Pérez Escolar, condenado por el caso Banesto.
Precisamente, el auto emitido por el tribunal indica que si se permite una acusación -aunque sea en solitario la popular- «esto equivaldría a permitir que cualquier ciudadano no perjudicado u ofendido por el delito pueda, por su sola voluntad, actuar incluso en contra de los intereses del perjudicado u ofendido por el hecho ilícito y en contra del criterio del fiscal», que defiende el interés público
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