ELA y LAB exigieron la liberación de De Juana.

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El pleno de la sala de lo penal del Tribunal Supremo rebajó ayer a tres años de prisión la condena de doce años y siete meses de cárcel que la Audiencia Nacional impuso al etarra José Ignacio de Juana Chaos, abriendo así la posibilidad de su excarcelación. Según informaron fuentes del Alto Tribunal, el pleno ha estimado parcialmente el recurso de De Juana y le ha condenado a tres años de prisión como autor de un delito de amenazas no terroristas del artículo 170.1 del Código Penal en concurso con otro de enaltecimiento del terrorismo por dos artículos publicados en el diario Gara. La decisión -que no supone la libertad inmediata del etarra, que lleva un año y medio en prisión provisional, pero que deja esta posibilidad en manos de Instituciones Penitenciarias- fue adoptada por el pleno después de reunirse durante tres horas esta mañana y otras dos por la tarde. Los miembros del pleno realizaron varias votaciones en una reunión que fuentes jurídicas consultadas calificaron de «problemático» y en el que varios magistrados se inclinaron por la absolución mientras que otros se pronunciaron a favor de elevar la condena a 96 años de cárcel.

Según explicaba la sentencia, De Juana es «miembro activo» de ETA y «en ningún momento ha mostrado ni arrepentimiento ni intención de resocialización», lo que hacía «aún más creíble» las amenazas terroristas. El procesamiento por estos hechos de De Juana impidió su excarcelación prevista para agosto de 2005 y desde que el pasado noviembre fue condenado por la Audiencia Nacional a la citada pena el preso etarra ha mantenido una huelga de hambre que ha puesto en peligro su vida. De Juana mantuvo una primera huelga de hambre durante dos meses -entre el 7 de agosto y el 8 de octubre de 2006- para reivindicar su excarcelación, pues opinaba que ya había cumplido su condena como autor de 25 asesinatos. El etarra reinició esta protesta el pasado 7 de noviembre, después de que se conociera que la Audiencia Nacional le iba a condenar a doce años y siete meses de prisión por un delito de amenazas a cinco responsables de prisiones y al presidente de la sala de lo penal de ese tribunal, Javier Gómez Bermúdez.

El Supremo sólo anunció ayer el fallo y notificará la sentencia en la que expone las razones que le han llevado a tomar esta decisión en los próximos días. El acuerdo alcanzado por el pleno supone imponer a De Juana una pena menor incluso a la solicitada por la Fiscalía, que solicitó que se mantuviera la condena de la Audiencia Nacional pero que, alternativamente, se mostraba dispuesta a aceptar una condena de cuatro años de prisión si se apreciaba que incurrió en un delito de coacciones en concurso con otro de enaltecimiento del terrorismo. Este tribunal condenó al etarra por un delito de amenazas terroristas con la agravante de reincidencia por considerar que lo descrito en los artículos -titulados «El Escudo» y «Gallizo»- constituía una «acción típica de 'señalamiento' o 'marcaje' de personas concretas y determinadas, aunque no se determine el mal con el que se amenaza».