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La Agencia Tributaria (AEAT) pondrá a disposición de los contribuyentes que pagan el IRPF un programa con el que podrán calcular en cuánto se quedan sus retenciones tras la rebaja fiscal de 400 euros.

En una nota informativa, la AEAT señala que en junio la reducción de retenciones es lineal, 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a este importe.

Además, la Agencia Tributaria enviará una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento que se debe seguir para aplicarla.

Asimismo, mantendrá contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar las reuniones informativas que se consideren precisas.

La Agencia Tributaria subraya que al establecerse los efectos de esta deducción a partir del 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la campaña de renta 2007 y añade que sólo afecta a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.

Además, informa de que se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF y que la anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas.

Así, para trabajadores y pensionistas, en la nómina de junio las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo, mientras que en las nóminas de julio a diciembre habrá una disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros.

Para empresarios y profesionales, habrá una reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.

La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.