Imagen de archivo de los cinco procesados, Xabier Oleaga, José María Auzmendi, Juan María Torrealdai, Ignacio María Uria y Martxelo Otamendi. | Efe

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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió ayer a los cinco directivos del diario Egunkaria acusados de pertenecer a ETA, al descartar que el rotativo «fuera instrumento para la comisión de delitos o soporte de actividad criminal alguna». Además, critica duramente el cierre temporal decretado por el juez Juan Del Olmo en 2003, ya que «no tenía habilitación constitucional directa y carecía de una norma legal especial y expresa que lo autorizara».
Las acusaciones populares de Dignidad y Justicia (DyJ) y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) solicitaron penas de entre 12 y 14 años de prisión para los directivos Juan María Torrealdai, José María Auzmendi, Iñaki Uría, Martxelo Otamendi y Xabier Oleaga.
«Con tregua o sin tregua»
El fiscal Miguel Àngel Carballo solicitó la libre absolución «con tregua o sin tregua», defendiendo que en sus 13 años de vida el diario no publicó ni un solo artículo que demostrara el apoyo «siquiera ideológico» a la banda.
En la sentencia, el tribunal carga duramente contra la decisión del juez Del Olmo de clausurar, bajo la premisa de que el objetivo del diario era facilitar amparo y difusión «con apoyo del idioma euskera como cobertura cultural para ello» al ideario terrorista.
Según la Sala, el cierre temporal de un medio de comunicación diario como medida cautelar «es de difícil encaje en nuestro ordenamiento jurídico» y «no tiene cobertura constitucional directa».
El cierre sólo podría haberse decretado, argumentan, en «supuestos excepcionales» para la «evitación de nuevos delitos graves», algo que en este caso queda descartado ya que en las páginas del diario «no se amenazaba ni coaccionaba, ni se provocaba al delito, ni se hacía apología o enaltecimiento de los actos terroristas o de sus autores, ni se calumniaba ni se injuriaba».
La sentencia también dirige críticas a las acusaciones populares, a las que acusa de presentar hipótesis «artificiosas», a partir de un punto de partida «endeble».
El tribunal carga contra «la estrecha y errónea visión según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por ETA», que ha conducido en este proceso penal a «una errónea valoración de datos y hechos» y a «la inconsistencia de la imputación».
Dignidad y Justicia estima que el Estado podría tener que llegar a pagar unos 60 millones de euros en indemnizaciones por responsabilidad patrimonial si los procesados piden una compensación.
Ahora, han afirmado que la sentencia es «un duro golpe a la lucha contra el terrorismo» y han advertido de que la indemnización que el Estado tendrá que pagar a los acusados «se convertirá en dinero para financiar el entorno terrorista».