El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por PP y Gobierno de Navarra contra la Ley del Aborto. | VINCENT WEST - REUTERS - X00957

TW
1

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos del PP y el Gobierno de Navarra contra diversos preceptos de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, al tiempo que establece que se oiga al Gobierno, al Congreso y al Senado para que, en el plazo de tres días, formulen alegaciones a la petición del PP de suspensión cautelar de los preceptos recurridos de la norma, que entra en vigor el próximo día 5.
Así, el alto tribunal da traslado de ambas resoluciones al Ejecutivo y las dos Cámaras para que formulen alegaciones, en el plazo de quince días en relación a la admisión a trámite de los recursos. Al mismo tiempo, pide que se les oiga en relación a la petición de suspensión cautelar para que, en el plazo de tres días, puedan hacer alegaciones.
Ocho preceptos
Concretamente, el pleno del TC, a propuesta de la Sección Cuarta, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados y, en su representación y defensa, por el Comisionado don Federico Trillo-Figueroa Martínez Conde, contra ocho preceptos de la norma (artículos. 5.1 e), 8 in limine y letras a) y b), 12, 13.4, 14, 15 a), b) y c), 17.2 y 5, 19.2 párrafo primero y disposición final segunda).
Del mismo modo, el Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Navarra contra el párrafo segundo de la disposición final quinta, el artículo 14 en relación con el 17 y el artículo 19.2 de la ley.
Asimismo, establece, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, dar traslado de las demandas y los documentos al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de sus presidentes, y al Gobierno, a través del Ministro de Justicia, al objeto de que, en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes.
Igualmente, en cuanto a la solicitud de suspensión cautelar formulada por el PP, establece que se oiga a Ejecutivo y Parlamento para que, en el plazo de tres días puedan formular alegaciones.