MD05 MADRID, 05/04/2011.- El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, durante la entrevista que mantuvo en el programa "Hoy por hoy" de la Cadena Ser. EFE/Paco Campos ESPAÑA-RUBALCABA-ENTREVISTA | Paco Campos

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La Audiencia Nacional no retirará el delito de colaboración con banda terrorista a los tres imputados en el 'caso Faisán', desoyendo la petición de la Fiscalía. En un auto dictado ayer, los magistrados explican que «la esencia del delito» reside en aportar a la organización «determinadas informaciones, medios económicos o de transporte, infraestructura o servicios de cualquier tipo». Lo que se sanciona es que, con el chivatazo, los acusados evitaron «la detención de presuntos miembros de ETA». No se cuestiona si estaban adheridos ideológicamente a la banda terrorista.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal rechaza la petición del fiscal de retirar el delito de colaboración con ETA a los tres imputados. Se investiga que los acusados diesen un presunto chivatazo a ETA el 4 de mayo de 2006 en el bar Faisán de Irún (Guipúzcoa). La decisión del juez Pablo Ruz «no fue arbitraria, en vacío, irrazonable o incursa en un error patente», dice el auto.

Sin unanimidad

El magistrado José Ricardo de Prada discrepó y emitió un voto particular, justificando «cuantos instrumentos políticos legítimos puedan existir» para obtener la paz «y el fin de la lacra del terrorismo». Eso sí, «sin infringir normas jurídicas que impliquen una quiebra del Estado de Derecho». El juez explica que la actuación tiene «plena justificación», en este contexto.

Así, los magistrados hacen hincapié en que Víctor García Hidalgo, ex director general de la Policía, y los otros dos acusados querían «evitar la detención de presuntos etarras»