TW
3

Los directivos y consejeros de las entidades financieras rescatadas con dinero público deberán dar a conocer antes de final de año detalles sobre las retribuciones que perciben, según una circular publicada hoy por el Banco de España.

Tras someter la norma a consulta, el Banco de España ha publicado hoy una nueva circular que sustituye a la anterior sobre el control de los recursos propios mínimos, y que traslada al sector español lo establecido por las directivas comunitarias vigentes.

Tal y como se avanzaba cuando se sometió a consulta el texto, hace unas semanas el Banco de España ha impuesto limitaciones a la retribución variable de los directivos de las entidades que estén en fase de reestructuración y saneamiento.

En términos generales, estas entidades «no podrán, salvo que se justifique adecuadamente ante el Banco de España, satisfacer remuneración variable a sus administradores y directivos».

Como excepción puede justificarse «la contratación de profesionales experimentados y cualificados», siempre y cuando su remuneraciones esté supeditada a la creación o mantenimiento de una «base sólida de capital» y a la «devolución de las ayuda pública recibida».

Además, el Banco de España ha introducido en la circular una novedad, según la cual los directivos y consejeros de las entidades rescatadas deberán revelar antes del 31 de diciembre, siempre que den su consentimiento, detalles personales sobre sus salarios y emolumentos.