La organización ha recordado que «la ley prevé indemnizaciones de entre 250 y 600 euros, además de la devolución del importe del billete, en el caso de que los pasajeros no sean recolocados en otros vuelos».
En el caso de que los vuelos formen parte de un viaje combinado, los usuarios «deben dirigirse a la agencia de viajes donde contrataron el paquete para solicitar la devolución del importe o el realojamiento del vuelo con otras compañías aéreas».
Respecto a las vías de reclamación, FUCI recuerda que pueden hacerse ante la propia compañía aérea, ante AENA, AESA, el Ministerio de Fomento o en los juzgados reclamando daños y perjuicios.
Además, FUCI recuerda que Spanair ha llegado a un acuerdo con otras aerolíneas (en especial con Vueling, Iberia y Air Europa) para encontrar soluciones alternativas para los pasajeros afectados que deseen volar durante los próximos días.
La organización de consumidores considera que esta situación ha puesto de nuevo de manifiesto la indefensión en la que se encuentran los consumidores ante estas situaciones de quiebra y concurso de acreedores.
Por todo ello considera necesario el replanteamiento del procedimiento concursal en lo relativo a la situación de los consumidores, debiendo extraerse sus créditos de la masa y ser reintegrados por un procedimiento preferente y sumario, o cuanto menos, considerarse dichos créditos.
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