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El Gobierno aprobó ayer una reforma laboral que persigue facilitar la indemnización por despido en 20 días, que crea un nuevo contrato indefinido para las pymes, que limita a dos años la prórroga de los convenios y cifra en 9 meses la caída de ventas o ingresos que justifican el despido objetivo. Según fuentes del Ministerio de Empleo, al aclararse las causas que permiten despedir con 20 días de indemnización, será más fácil utilizar el despido objetivo que se justifica en razones económicas, técnicas, organizativas y de producción.
Las empresas que, desde la entrada en vigor de la norma- hoy estaba previsto que se publicara en el BO y entrará en vigor el lunes- acrediten nueve meses seguidos de caída de ventas o ingresos podrán despedir con 20 días. La intención de Empleo es que se tienda a que el despido justificado cueste 20 días (con un tope de una anualidad de salario) y no a que el empresario siga utilizando el exprés (45 días de indemnización por despido improcedente por un tope de 42 mensualidades).
Fin a los 45 días
Además, con la reforma desaparece la posibilidad de que se contrate como fijo ordinario (su indemnización es de 45 días por año trabajado) y sólo existirán el contrato de fomento del empleo estable y el nuevo indefinido para las pymes y autónomos (con una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades). Para los que ahora tienen un fijo ordinario se mantendrá la cuantía de los 45 días de despido hasta la entrada en vigor de la norma y a partir de ese momento será de 33 días. Lo que no varía es el límite de 42 mensualidades de abono.
El contrato indefinido para autónomos y pymes (de menos de 50 trabajadores) tendrá un período de prueba de un año y una deducción de 3.000 euros si el primer trabajador que se contrata es un menor de 30 años.
En negociación colectiva se limita a dos años la prorroga de un convenio que haya expirado y no exista acuerdo entre las partes para renovarlo.